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BOP de Burgos · 02 Oct 2026 · 19 vistas

Villalba de Losa aprueba la tasa del agua con tarifas y sanciones

Por FactBox Admin

Villalba de Losa aprueba la tasa del agua con tarifas y sanciones

El Ayuntamiento de Junta de Villalba de Losa ha aprobado inicialmente la ordenanza fiscal que regula la tasa por suministro de agua a domicilio, un texto que fija las tarifas del recibo, las condiciones de los contadores y un régimen sancionador con multas de hasta 3.000 euros. La norma fue aprobada por el Pleno en sesión de 21 de septiembre de 2026 y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos núm. 188, de 2 de octubre de 2026, sección III. Administración Local (referencia oficial BOPBUR-2026-04073). El documento queda ahora sometido a información pública y audiencia durante un plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias.

La ordenanza se dicta en ejercicio de la potestad reglamentaria y tributaria reconocida por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y los artículos 15 a 19 y 20 a 27 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

El texto regula el acceso al servicio, las obligaciones de las personas titulares y usuarias, la instalación y conservación de los contadores, las tarifas aplicables, el régimen de inspección y el régimen de infracciones y sanciones. Su ámbito abarca todos los inmuebles, viviendas, locales, establecimientos, explotaciones ganaderas e instalaciones conectados o que deban conectarse a la red municipal, y la prestación queda condicionada a la disponibilidad técnica, la capacidad de la red y la calidad suficiente del agua.

La ordenanza fue aprobada inicialmente por el Pleno el 21 de septiembre de 2026 y firmada por el alcalde-presidente, José Losa Orive. Una vez resueltas las reclamaciones y aprobada definitivamente, se publicará íntegramente en el boletín provincial y entrará en vigor en los términos legalmente previstos.

Tarifas del recibo y derechos de acometida

La cuota tributaria se determina según el tipo de uso, el mínimo de mantenimiento y el volumen consumido. Las cantidades previstas son:

  • Mínimo de mantenimiento de redes e instalaciones: 35,00 euros.
  • Consumo de los primeros 200 m³ al año: 0,40 euros por metro cúbico.
  • Consumo a partir de 201 m³: 0,95 euros por metro cúbico.
  • Derechos de acometida a la red, por una sola vez en altas nuevas, altas y reaperturas: 1.800,00 euros.
  • Enganche provisional para obras: 250,00 euros, con validez de un año desde su concesión.
  • Prórrogas del enganche de obras hasta su finalización: 100,00 euros por año, mediante pago único al vencimiento del permiso anterior.

Estas cantidades se exigen sin perjuicio de la tarifa correspondiente al consumo de agua. La norma no reconoce exenciones salvo las previstas en normas con rango de ley ni bonificaciones distintas de las que se establezcan por modificación de la propia ordenanza.

Contadores: uno por referencia catastral

Como regla general solo se autorizará un contador de agua por cada inmueble identificado con una referencia catastral independiente, y la solicitud de alta deberá indicar la referencia catastral completa. Excepcionalmente podrán autorizarse varios contadores cuando exista división física o funcional acreditada, cada uno pueda asociarse a una vivienda, local o uso concreto, la instalación sea técnicamente viable y se cumplan las condiciones de los servicios municipales.

El primer contador de cada suministro será aportado por el Ayuntamiento de Junta de Villalba de Losa, aunque los costes de instalación y puesta en marcha correrán por cuenta del interesado, actuación que queda exenta de la tasa ICIO. La sustitución por avería imputable a la persona titular o usuaria será a su cargo; si deriva de desgaste ordinario o defecto de fabricación, la asumirá el ayuntamiento. Queda prohibida la manipulación del contador y de sus precintos, así como el uso y enganche de bombas de presión a la red principal.

Inspección, infracciones y sanciones

El ayuntamiento podrá inspeccionar suministros, acometidas, contadores e instalaciones, con actas o informes que recojan lugar, fecha, lecturas y precintos. El régimen sancionador distingue tres niveles:

  • Infracciones leves, como no comunicar cambios de titularidad o dificultar la lectura del contador: multa de hasta 300,00 euros.
  • Infracciones graves, como manipular o puentear el contador, realizar acometidas sin autorización o ceder agua a terceros: multa de hasta 1.500,00 euros.
  • Infracciones muy graves, como manipular con finalidad defraudatoria o realizar conexiones clandestinas que comprometan la red: multa de hasta 3.000,00 euros.

El procedimiento se inicia siempre de oficio y concede diez días para formular alegaciones y proponer pruebas, salvo que la normativa aplicable fije otro plazo. La Alcaldía es competente para iniciar y resolver, y la multa no excluye la liquidación del consumo no registrado ni el coste de reparación o sustitución del contador.

Adaptación de los suministros existentes

La disposición transitoria obliga a los suministros ya existentes a adaptarse a la ordenanza, especialmente en materia de contadores, accesibilidad, titularidad y autorización, en un plazo de seis meses desde su entrada en vigor, salvo que el ayuntamiento fije otro plazo por razones técnicas o económicas. La ordenanza deroga cuantas disposiciones municipales de igual o inferior rango se opongan a ella.

El impacto para los vecinos es directo: la norma determina el importe del recibo, las condiciones para dar de alta o mantener el suministro y las consecuencias económicas de las irregularidades. Hasta que concluya el trámite de información pública y la aprobación definitiva, los interesados pueden presentar reclamaciones y sugerencias al texto publicado.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, núm. 188, de 2 de octubre de 2026, sección III. Administración Local, págs. 50-58 (referencia oficial: BOPBUR-2026-04073).