BOP de Burgos · 07 Sep 2026 · 1 vistas
Villaescusa de Roa fija en 50 euros la tasa anual de recogida de basuras
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Villaescusa de Roa ha elevado a definitiva la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de basuras para el ejercicio 2026, al no haberse presentado reclamaciones durante el periodo de exposición pública. El acuerdo queda publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos número 169, de 7 de septiembre de 2026, con la referencia BOPBUR-2026-03687.
La aprobación definitiva se produce conforme a lo prevenido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales. La ordenanza fue modificada por el Pleno municipal en sesión de 20 de mayo de 2026 y entra en vigor a partir de esa misma fecha.
Cuota fija y hecho imponible
La principal novedad de la norma es el establecimiento de una cuota tributaria fija de 50 euros anuales por inmueble, sin distinción del tipo de vivienda o local. La cuota tiene carácter irreducible y corresponde a un año natural.
El hecho imponible lo constituye la prestación del servicio de recepción obligatoria de recogida de basuras domiciliarias y residuos sólidos urbanos de viviendas, alojamientos y locales donde se ejercen actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas y de servicios. Quedan excluidos los residuos de tipo industrial, escombros de obras, detritus humanos y materiales contaminados, corrosivos o peligrosos.
Sujetos pasivos y bonificaciones
Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas que ocupen o utilicen las viviendas y locales donde se presta el servicio, ya sea a título de propietario, usufructuario, arrendatario o precario. El propietario actúa como sustituto del contribuyente y puede repercutir las cuotas sobre los usuarios.
- La tasa se devenga el primer día de cada año natural, con prorrateo mensual en el primer ejercicio.
- Los sujetos pasivos deben inscribirse en matrícula en el plazo de treinta días hábiles desde el primer devengo.
- El ayuntamiento podrá conceder bonificaciones del 5% sobre la cuota a instancia de los interesados que acrediten las situaciones especificadas.
- No se contemplan otras exenciones que las previstas en normas con rango de ley.
Recursos y vigencia
Contra el acuerdo de aprobación definitiva, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses desde la publicación. El documento está firmado el 25 de agosto de 2026 por el alcalde, Jesús Martínez Bombín.
La ordenanza regirá desde el 20 de mayo de 2026 y continuará en vigor hasta que el ayuntamiento apruebe su modificación o derogación. Con esta cuota fija, el municipio garantiza la financiación del servicio de recogida de residuos para todos los contribuyentes, que deberán asumir el pago anual de 50 euros por cada inmueble.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Burgos, núm. 169, 7 de septiembre de 2026, sección III. Administración Local, pág. 12-15 (referencia oficial: BOPBUR-2026-03687).