BOP de Ourense · 26 Oct 2026 · 3 vistas
Vilar de Barrio abre al público su plan municipal contra los incendios forestales
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Vilar de Barrio somete a información pública la aprobación inicial del Plan municipal de prevención y defensa contra los incendios forestales (PMPDIF), el documento que delimita las franjas secundarias de protección en el término municipal e identifica las parcelas afectadas. El anuncio se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense del 26 de octubre de 2026, en la sección IV de Entidades Locales, con la referencia oficial 352994 (R. 2.521). A partir del día siguiente a la publicación se abre un plazo de 20 días hábiles para que cualquier persona interesada pueda examinar el expediente y formular las alegaciones que considere oportunas.
El procedimiento sigue lo establecido en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que permite al ayuntamiento acordar un período de información pública en el que las personas responsables de la gestión del monte tengan acceso a la información relativa al plan y a las parcelas afectadas por las franjas secundarias. El acuerdo se adoptó en el ejercicio de las atribuciones del artículo 21 de la Ley 7/1985, de bases del régimen local, y la tramitación se ajusta a las indicaciones de la Xunta de Galicia y de la empresa pública Servizos Agrarios Galegos, S.A. (Seaga).
Veinte días hábiles y consulta electrónica
El plazo de exposición pública es de 20 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio en el boletín provincial. Durante ese período, el texto y el contenido íntegro del documento podrán consultarse en el tablón de anuncios de la sede electrónica del ayuntamiento, disponible en https://vilardebarrio.sedelectronica.gal.
Las alegaciones deberán presentarse antes de que termine ese plazo. Una vez finalizada la exposición pública y estimadas, en su caso, las alegaciones que procedan, el expediente continuará su tramitación con la aprobación provisional del plan.
De la aprobación provisional al informe autonómico
El calendario administrativo fijado en el anuncio establece las siguientes etapas:
- Aprobación provisional del plan por el Pleno municipal, después de resolver las alegaciones presentadas.
- Solicitud a la Dirección General de Defensa del Monte de la Consellería do Medio Rural del informe preceptivo y vinculante, junto con las alegaciones recibidas y las de oficio del ayuntamiento, para que puedan estimarse o desestimarse y modificar el plan de ser necesario.
- Aprobación definitiva, que podrá corresponder al Pleno del ayuntamiento o a un decreto de la Alcaldía, una vez recibido el informe favorable junto con el plan definitivo firmado.
- Comunicación de la aprobación definitiva a la Dirección General de Defensa del Monte mediante escrito enviado por registro.
Según el documento, las franjas del plan aprobado definitivamente pasarán a estar disponibles en el visor público de franjas de protección contra incendios forestales de la Xunta de Galicia (https://mapas.xunta.gal/visores/faixas).
Marco legal aplicable y obligaciones de biomasa
La normativa sectorial invocada en el expediente es la siguiente:
- Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.
- Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.
- Ley 9/2017, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
- Instrucción 1/2018, de 26 de abril, relativa a las actuaciones administrativas en materia del cumplimiento de las obligaciones de gestión de la biomasa vegetal y retirada de especies arbóreas.
- Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras, citada junto con la anterior en la instrucción.
La delimitación de las franjas secundarias determina qué parcelas quedan sujetas a las obligaciones de gestión de la biomasa y quiénes son las personas responsables de su cumplimiento, un aspecto que el anuncio sitúa entre los motivos más habituales de alegación.
Impacto para los propietarios
La información pública abre la puerta a que titulares de parcelas y comunidades de montes revisen si sus terrenos quedan incluidos en las franjas secundarias antes de que el plan se apruebe definitivamente. La publicación posterior en el visor autonómico convertirá esa delimitación en una referencia consultable para toda la ciudadanía, con las obligaciones de gestión de la biomasa que de ella derivan.
Fuente: Boletín Oficial da Provincia de Ourense, 26 de octubre de 2026, sección IV. Entidades Locais (referencia oficial: 352994, R. 2.521).