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BOP de Girona · 03 Sep 2026 · 2 vistas

Vilamaniscle aprueba la ordenanza contra el malgasto de agua en sequía

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Vilamaniscle ha aprobado definitivamente la Ordenanza municipal reguladora de las infracciones por malgasto de agua de red en situaciones de sequía, que tipifica infracciones leves, graves y muy graves con multas de hasta 3.000 euros. La norma, firmada por el alcalde Ramon Bonaterra i Moltó, se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona núm. 170, de 3 de septiembre de 2026, edicto 7665 (CVE BOP-2026_0_170_7665), páginas 1 a 8.

El Pleno municipal, en sesión ordinaria celebrada el 10 de enero de 2024, aprobó inicialmente la ordenanza y la sometió a información pública durante treinta días hábiles mediante anuncio publicado en el BOP núm. 14, de 19 de enero de 2024, edicto 258. Al no presentarse ninguna reclamación ni sugerencia, el acuerdo de aprobación inicial devino definitivo sin necesidad de un nuevo acuerdo plenario, de conformidad con el artículo 49.c de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.

Ámbito y restricciones de uso del agua

La ordenanza se aplica en periodos de alerta, excepcionalidad y emergencia fijados por la administración autonómica, y deriva del Plan de emergencia en situaciones de sequía municipal y del Plan especial de actuación en situación de alerta y eventual sequía (PES), aprobado por la Generalitat de Catalunya mediante el acuerdo GOV/1/2020, de 8 de enero. En caso de duda interpretativa entre los dos planes, prevalecerá el más restrictivo.

Durante estos periodos se pueden adoptar medidas como:

  • Limitar o prohibir el llenado de piscinas, estanques y fuentes sin cierre automático.
  • Restringir el riego de jardines, prados, huertos y zonas verdes, con riego de supervivencia solo de 20 h a 8 h y mediante riego gota a gota o regadera.
  • Prohibir el riego de césped, excepto en superficies de deporte federado, sin superar los 450 m³/ha/mes.
  • Prohibir el uso de agua potable para fuentes ornamentales, limpieza de vías y lavado de vehículos, excepto el realizado por empresas dedicadas a esta actividad.

Infracciones y sanciones

La norma clasifica las infracciones en tres grados. Son leves, entre otras, lavar vehículos, regar jardines de menos de 100 m², llenar piscinas de hasta 4 m³ y superar hasta un 10% el límite de consumo fijado. Son graves regar jardines de 100 a 400 m², llenar piscinas de 4 a 20 m³ y superar entre el 10% y el 25% el límite de consumo. Son muy graves regar jardines de más de 400 m², llenar piscinas de más de 20 m³, superar el 25% del límite, manipular contadores u obstaculizar la inspección.

Las multas previstas son:

  • Infracciones leves: de 50 a 750 euros.
  • Infracciones graves: de 751 a 1.500 euros.
  • Infracciones muy graves: de 1.501 a 3.000 euros.

Las sanciones se gradúan según la gravedad, los perjuicios, la reincidencia y el grado de excepcionalidad o emergencia vigente, y no se aplican en caso de fugas fortuitas y no reiteradas debidamente justificadas. Como medidas cautelares, se puede ordenar la instalación de dispositivos limitadores de caudal a costa del usuario y, en infracciones muy graves, la suspensión del suministro.

Obligaciones y entrada en vigor

Las entidades suministradoras quedan obligadas a informar a los usuarios de las restricciones, a realizar un seguimiento de los abonados que superen los límites de ahorro y a instalar reducciones de presión y contadores en equipamientos municipales. También han de detectar, denunciar y neutralizar las conexiones ilegales a la red, con el auxilio de los cuerpos de seguridad.

La ordenanza entrará en vigor cuando haya transcurrido el término previsto en los artículos 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, una vez publicado el texto íntegro en el boletín oficial de la provincia. Contra el acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el término de dos meses.

La nueva regulación convierte el ahorro de agua en una obligación exigible para todos los vecinos y usos del municipio, en un contexto de sequía recurrente. Con multas de hasta 3.000 euros y la posibilidad de suspender el suministro, el Ayuntamiento de Vilamaniscle dota la gestión del agua de un instrumento sancionador que afecta directamente la vida cotidiana de la ciudadanía.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Girona, núm. 170, 3 de setembre de 2026, secció Administració local - Ajuntaments, pàg. 1-8 (referència oficial: CVE BOP-2026_0_170_7665).