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BOP de Tarragona · 27 Aug 2026 · 5 vistas

Valls abre las subvenciones para las asociaciones de vecinos y pedanías

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Valls ha abierto la convocatoria 2026 de subvenciones destinadas a las Asociaciones de Vecinos de Valls y Pedanías, con un importe total máximo de 27.000 euros para financiar las actividades llevadas a cabo durante el año 2025. La convocatoria fue aprobada por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del 7 de agosto de 2026 y se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona (BOPT) del 27 de agosto de 2026, con la referencia oficial CVE 2026-07992 (pág. 1-3).

El extracto de la convocatoria, registrada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones con el identificador 925963, se publica de conformidad con los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. El texto completo se puede consultar en la BDNS, mientras que las bases reguladoras son las bases generales de subvenciones del Ayuntamiento de Valls y de sus organismos autónomos, publicadas en el BOPT del 12 de julio de 2021.

Beneficiarios y objeto

Pueden solicitar estas ayudas las Asociaciones de Vecinos de Valls y Pedanías sin ánimo de lucro. El objeto de la convocatoria es conceder ayudas económicas para las actividades que estas entidades realizaron durante el año 2025.

  • Importe total máximo: 27.000 euros, con cargo a la partida 40104-92500-48901 del presupuesto municipal.
  • Plazo de presentación: 20 días naturales contados desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPT.
  • Presentación: telemática, a través de la sede electrónica (seu.valls.cat), mediante el formulario disponible en la web municipal (www.valls.cat).

Documentación requerida

Las solicitudes deben presentarse dentro del plazo, ya que la presentación fuera de plazo conlleva la exclusión del aspirante. A la solicitud se debe adjuntar la siguiente documentación:

  • Formulario de solicitud y fotocopia del CIF de la asociación.
  • Certificado de estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Justificante de titularidad de la cuenta bancaria donde se debe realizar el ingreso de la ayuda.
  • Declaraciones responsables sobre el cumplimiento de requisitos, la ausencia de otras subvenciones concurrentes y la autorización al ayuntamiento para comprobar la deuda tributaria.
  • Memoria de las actividades de 2025, con la documentación acreditativa, el coste y el estado de cuentas.
  • Facturas justificativas del importe subvencionado y la justificación de su pago (recibo, transferencia bancaria, talón nominativo, etc.).

Toda la documentación debe estar firmada digitalmente por el representante legal de la asociación, y no se admitirán documentos manuscritos ni fotografías. Si la documentación es incorrecta o incompleta, se dará un plazo de diez días hábiles para subsanarla, con la advertencia de que, en caso contrario, se considerará desistida la solicitud.

Impacto para las entidades vecinales

Esta convocatoria supone un soporte económico directo para el tejido asociativo vecinal de Valls y sus pedanías, que podrán financiar las actividades comunitarias realizadas el año pasado. Las entidades interesadas disponen de tres semanas aproximadamente para formalizar sus solicitudes de manera telemática, un procedimiento que el ayuntamiento ha digitalizado íntegramente para agilizar la tramitación.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Tarragona, núm. 27 d’agost de 2026, secció I-contingut, pàg. 1-3 (referència oficial: CVE 2026-07992).