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BOP de León · 15 Sep 2026 · 3 vistas

Valdefuentes del Páramo aprueba la ordenanza de limpieza de parcelas contra incendios

Por FactBox Admin

Valdefuentes del Páramo aprueba la ordenanza de limpieza de parcelas contra incendios

El Ayuntamiento de Valdefuentes del Páramo ha aprobado definitivamente la modificación de la Ordenanza Reguladora de la limpieza de parcelas y vallado de solares para la prevención de incendios en el interfaz urbano-forestal, cuyo texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de León número 176, de 15 de septiembre de 2026 (referencia BOP-LE-2026-176011). La norma, firmada por el alcalde José Luis Martínez Valderrey el 11 de septiembre, entra en vigor una vez transcurridos 15 días hábiles desde su publicación.

El acuerdo plenario de aprobación inicial se adoptó el 3 de agosto de 2026 y fue expuesto al público mediante anuncio en el BOP de León número 150, de 10 de agosto de 2026. Al no haberse presentado reclamaciones durante el trámite de información pública, el texto quedó automáticamente elevado a definitivo, en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.

Obligaciones de los propietarios

La ordenanza, de naturaleza de policía urbana, rural y de prevención de incendios, obliga a todos los usuarios por cualquier título de terrenos e inmuebles del término municipal a realizar la limpieza y desbroce de solares y parcelas antes del 1 de junio de cada año, y en todo caso siempre que la vegetación alcance altura o densidad que suponga riesgo de incendio o para la salubridad pública. La obligación es exigible solidariamente a propietarios, usufructuarios, arrendatarios y concesionarios.

Entre los trabajos exigidos figuran:

  • Eliminación de hierba, arbustos, matorral, zarzas y maleza, así como de vegetación seca.
  • Poda de arbolado y arbustos, retirando ramas bajas hasta 2 metros del suelo.
  • Retirada de basuras, escombros y materiales combustibles.
  • Mantenimiento de una franja perimetral de seguridad de al menos 15 metros alrededor de las edificaciones.

Prohibiciones y régimen sancionador

La norma prohíbe expresamente la quema ordinaria de restos vegetales, el uso de maquinaria que genere chispas en los días declarados de riesgo extremo (“días rojos”), el encendido de hogueras o barbacoas en el interfaz urbano-forestal y la acumulación de materiales combustibles en parcelas no acondicionadas. Los restos de desbroce deberán triturarse in situ, retirarse a gestor autorizado o acopiarse de forma controlada durante un máximo de 15 días.

El régimen sancionador clasifica las infracciones en tres grados:

  • Leves: multa de hasta 750 euros.
  • Graves: multa de 751 a 1.500 euros.
  • Muy graves: multa de 1.501 a 3.000 euros.

Ante el incumplimiento, el Ayuntamiento notificará un requerimiento individualizado con un plazo máximo de 10 días naturales. Si no se acredita el cumplimiento, se abrirá expediente de ejecución subsidiaria, repercutiendo íntegramente al propietario los gastos, incluidos los de gestión y notificación, que se exigirán en vía de apremio con el apoyo de los servicios de recaudación de la Diputación Provincial de León.

Marco normativo y alcance

La ordenanza se dicta en ejercicio de la competencia municipal en materia de protección civil y prevención de incendios que atribuye el artículo 25.2.f) de la Ley 7/1985, y desarrolla el deber de conservación de los terrenos previsto en el artículo 15 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, así como en la Ley 5/1999 de Urbanismo de Castilla y León y su Reglamento. Se enmarca en el Plan INFOCAL, aprobado por el Decreto 6/2025, de 27 de marzo, y responde a la excepcional temporada de incendios forestales de 2025 que afectó a varios núcleos urbanos de la provincia.

La medida afecta a todos los propietarios de solares, parcelas urbanas, urbanizables y rústicas colindantes con el casco urbano del municipio, así como a las áreas de interfaz urbano-forestal delimitadas en el anexo de la norma. Con ella, el consistorio refuerza la autoprotección de las viviendas frente al riesgo de incendio forestal y dota de seguridad jurídica tanto a los vecinos como a la propia administración para actuar ante el abandono de fincas.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de León, núm. 176, 15 de septiembre de 2026, sección Administración Local (referencia oficial: BOP-LE-2026-176011).