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Federal Register · 11 Sep 2026 · 2 vistas

USCIS propone eliminar el periodo de gracia de 60 días para trabajadores no inmigrantes

Por FactBox Admin

USCIS proposes ending 60-day grace period for nonimmigrant workers

El Departamento de Seguridad Nacional de los EE. UU. (DHS), a través de su Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS), ha propuesto eliminar el período de gracia discrecional de hasta 60 días que actualmente permite que ciertos trabajadores no inmigrantes permanezcan en los Estados Unidos después de que cesa su empleo. El aviso de propuesta de reglamentación (NPRM) fue publicado en el Registro Federal del viernes 11 de septiembre de 2026 (Vol. 91, No. 175, sección de Reglas Propuestas, p. 57808), bajo el Expediente del DHS No. USCIS-2026-0364 y el RIN 1615-AD22.

La propuesta eliminaría la norma 8 CFR 214.1(l)(2), restaurando lo que el DHS describe como su política anterior y prolongada de no conceder el período de gracia a los extranjeros en las clasificaciones de no inmigrantes E-1, E-2, E-3, H-1B, H-1B1, L-1, O-1 y TN, ni a sus dependientes, tras el cese del empleo antes de la expiración del período de estancia autorizado.

Por qué el DHS desea el cambio

El período de gracia fue añadido en la regla final de la Ley de Competitividad Estadounidense en el Siglo Veintiuno (AC21) del 18 de noviembre de 2016 (81 FR 82398), la cual, según el DHS, tenía como objetivo beneficiar a los inmigrantes altamente calificados y a sus empleadores en los EE. UU. El DHS argumenta ahora, basándose en una década de administración de dicha disposición, que el período de gracia es inconsistente con el propósito estatutario de las clasificaciones y añade una carga administrativa.

  • El DHS afirma que el estatus legal de un extranjero en estas clasificaciones está directamente vinculado a la realización del empleo o actividad específica que constituyó la base de su admisión.
  • Una vez que ese empleo termina, sostiene el DHS, el estatus y la autorización del extranjero para permanecer deben cesar y el extranjero debe partir, a menos que esté autorizado de otro modo para quedarse.
  • La agencia también cita la complejidad de adjudicar si se aplica un período de gracia, verificar las fechas de finalización del empleo y decidir si se debe acortar o eliminar dicho período.

Carga administrativa y alternativas

El DHS calculó que 1.9 millones de peticiones y solicitudes recibidas desde el año fiscal 2018 hasta el 20 de mayo de 2026 requirieron que el USCIS evaluara si el período de gracia podría aplicarse potencialmente. La agencia estima que aproximadamente 2,886 peticionarios perderían la oportunidad de presentar nuevas peticiones para los trabajadores afectados cuyo empleo terminó, y que alrededor del 99 por ciento de las entidades únicas que presentan peticiones H-1B dependieron del período de gracia.

El DHS consideró alternativas antes de decidirse por la eliminación total:

  • Eliminar el período de gracia solo para algunas de las clasificaciones enumeradas, lo cual rechazó por ser inconsistente con el estatuto.
  • Acortar en lugar de eliminar el período, lo que según indicó no lograría el objetivo de requerir la salida tras el cese del empleo.
  • Imponer requisitos probatorios estrictos, lo que según afirmó seguiría obligando a los adjudicadores a escrutar la documentación y verificar las fechas de finalización del empleo.

Qué sucede a continuación

Los comentarios por escrito sobre la NPRM deben presentarse a más tardar el 10 de noviembre de 2026, a través del Portal Federal de Reglamentación Electrónica en www.regulations.gov, identificados con el Expediente del DHS No. USCIS-2026-0364. El DHS señala que los comentarios deben estar en inglés y que, en este momento, no puede aceptar comentarios entregados en mano, por mensajería o por correo postal.

La norma ha sido designada como una “acción regulatoria significativa” según la sección 3(f) de la Orden Ejecutiva 12866, aunque no sea económicamente significativa, y ha sido revisada por la Oficina de Gestión y Presupuesto (OMB). No se trata de una acción desregulatoria bajo la Orden Ejecutiva 14192 porque concierne a una función relacionada con la inmigración de los Estados Unidos.

Para los trabajadores extranjeros y sus dependientes en los Estados Unidos, el cambio significaría que la pérdida de un empleo podría dejarlos inmediatamente fuera de estatus, obligándolos a partir o a conseguir rápidamente un nuevo empleo calificado o un cambio de estatus. Los empleadores que dependan de estas clasificaciones se enfrentarían a plazos más estrictos para presentar nuevas peticiones, haciendo que el resultado de esta reglamentación sea un factor significativo para la fuerza laboral y la planificación migratoria de los EE. UU.


Fuente: Federal Register, Vol. 91, No. 175, 11 de septiembre de 2026, Reglas Propuestas, p. 57808 (referencia oficial: Expediente del DHS No. USCIS-2026-0364; RIN 1615-AD22).