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Federal Register · 28 Aug 2026 · 1 vistas

EE. UU. flexibiliza los controles de exportación sobre aeronaves civiles con equipo de supervivencia

Por FactBox Admin

El Departamento de Estado de los EE. UU. ha emitido una norma final provisional que modifica el Reglamento de Tráfico Internacional de Armas (ITAR) para eliminar de la Lista de Municiones de los EE. UU. (USML) ciertas aeronaves civiles que han sido modificadas para incorporar equipos de supervivencia de aeronaves (ASE), flexibilizando los controles de exportación sobre estos artículos. La norma, publicada en el Registro Federal del 28 de agosto de 2026 (Vol. 91, No. 166, Reglas y Reglamentos), entra en vigor el 13 de octubre de 2026, y el plazo para presentar comentarios vence el 28 de septiembre de 2026.

La acción, identificada como FR Doc. 2026-17660 (RIN 1400-AG17, Aviso Público 13088), fue tomada por la Dirección de Controles de Comercio de Defensa (DDTC) del Departamento de Estado bajo su autoridad conferida por la Ley de Control de Exportaciones de Armas (22 U.S.C. 2778). El Departamento determinó que las aeronaves afectadas ya no justifican el control de ITAR porque no proporcionan una ventaja militar o de inteligencia crítica, y que continuar regulándolas colocaba a las empresas estadounidenses en una desventaja competitiva innecesaria.

Qué cambia la norma

La norma modifica la Categoría VIII(a)(8) de la USML para excluir las “aeronaves con supervivencia mejorada”, definidas como aeronaves tripuladas que estaban en producción, que no estén descritas de otro modo en la USML, que estén descritas únicamente bajo el ECCN 9A991.b, y que posean un certificado de tipo de la Administración Federal de Aviación como avión de transporte o de pasajeros pequeño, o una certificación equivalente de un estado miembro de la OTAN o de un aliado principal no perteneciente a la OTAN.

También añade nuevas definiciones a la § 121.0 para ASE, “ASE asegurado”, aeronaves con supervivencia mejorada y USML, y añade dos párrafos nuevos a la § 120.54 que excluyen ciertas reexportaciones e importaciones temporales de ASE asegurado incorporado en dichas aeronaves. La norma excluye explícitamente las aeronaves no tripuladas y las aeronaves descritas en la USML por razones distintas a la incorporación de ASE asegurado.

Qué permanece controlado

El ASE en sí mismo permanece en la USML bajo la Categoría XI, y el Departamento subrayó que el ASE y los datos técnicos y servicios de defensa directamente relacionados continúan proporcionando una ventaja militar o de inteligencia crítica. El mantenimiento de ASE para una persona extranjera, y la asistencia a una persona extranjera para modificar una aeronave con el fin de incorporar ASE, siguen siendo servicios de defensa controlados.

  • El ASE asegurado cubre los sistemas de contramedidas infrarrojas dirigidas (DIRCM) y los sistemas de advertencia de misiles infrarrojos o ultravioletas necesarios para su funcionamiento.
  • El ASE debe estar incorporado en una aeronave y emplear medidas contra la manipulación (anti-tamper).
  • Las nuevas exclusiones se aplican únicamente al movimiento físico del ASE asegurado mientras esté incorporado en una aeronave con supervivencia mejorada.

Impacto y próximos pasos

El Departamento afirmó que la norma traslada la regulación de exportación de ciertas aeronaves del ITAR a las Export Administration Regulations (EAR), reduciendo la carga regulatoria para quienes transfieren, reparan o mantienen dichas aeronaves y añadiendo opciones para la participación de los EE. UU. en la mejora de la seguridad aérea. Se solicita el comentario público sobre cinco preguntas específicas, incluyendo si los productos, servicios o datos técnicos relacionados justifican el control del ITAR.

Para los lectores de los sectores de defensa y aviación, el cambio significa que las aeronaves civiles equipadas con equipo de supervivencia para proteger a pasajeros, dignatarios y operaciones humanitarias pueden ahora cruzar fronteras y transitar por los Estados Unidos sin una autorización separada del ITAR, siempre que el ASE haya sido licenciado previamente y permanezca bajo control autorizado.


Fuente: Federal Register, Vol. 91, No. 166, 28 de agosto de 2026, Rules and Regulations, pp. 55457-55461 (referencia oficial: FR Doc. 2026-17660, RIN 1400-AG17).