Boletín Oficial del País Vasco · 27 Oct 2026 · 2 vistas
Urak ha analizado el caudal de 11.100 metros cúbicos anuales del manantial de Urkitza
Por FactBox Admin

La Agencia Vasca del Agua ha puesto a disposición del público el expediente de concesión administrativa para la captación de 11.100 metros cúbicos anuales del manantial de Urkitza, para uso doméstico y ganadero. El solicitante es el Ayuntamiento de Antzuola, y el expediente tiene el código A-G-2025-0019. El aviso oficial ha sido publicado en el número del Boletín Oficial del País Vasco del 27 de octubre de 2026, bajo la referencia 2026/4520.
El embalse y los manantiales forman parte del dominio público, y su aprovechamiento requiere una concesión administrativa. La Agencia Vasca del Agua es el órgano que tramita y resuelve dichos expedientes y, en este caso, ha aplicado el procedimiento ordinario de medio ambiente: el artículo 109 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio de Aguas Públicas. Junto con ello, cita el artículo 83 de la Ley 39/2015 —de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común— para dar a los ciudadanos la oportunidad de conocer el expediente y presentar alegaciones.
Qué aprovechamiento se propone
El agua del manantial se captaría en una arqueta ya existente y se trasladaría por gravedad hasta un depósito de bombeo situado a 30 metros. Desde allí, el agua sería bombeada hasta un segundo depósito ubicado en el paraje de Gorla, a una distancia de 1,5 kilómetros, y desde allí se distribuiría tanto al comedor de Gorla como a los terrenos donde se encuentra la explotación ganadera.
El uso es mixto: por un lado, suministro doméstico y, por otro, ganadería. El aviso no especifica cuántas cabezas tiene el grupo ganadero mencionado, ni cuál es la distribución del volumen anual para cada uso.
Datos principales del expediente
- Expediente: A-G-2025-0019.
- Solicitante: Ayuntamiento de Antzuola.
- Ubicación de la actividad: Antzuola y Bergara (Gipuzkoa).
- Manantial: Urkitza, en el barrio de Irimo Goena, municipio de Antzuola.
- Punto de captación (coordenadas UTM, ETRS89): X: 551.954, Y: 4.774.177.
- Volumen anual: 11.100 m³/año.
- Finalidad del agua: uso doméstico y ganadería.
Veinte días para presentar alegaciones
Cualquier interesado dispone de veinte días hábiles para presentar alegaciones y observaciones, a contar desde el día siguiente a la publicación del aviso. Según establecen el artículo 109 del Reglamento y el artículo 83 de la Ley 39/2015, cualquier persona que se sienta afectada puede examinar el expediente y manifestar lo que considere oportuno. La vía correcta para ello es la prevista en dicha ley; las alegaciones no serán válidas en ningún caso por teléfono o de forma oral.
El expediente estará disponible para su consulta durante ese plazo en la Agencia Vasca del Agua, así como en la sección de Información Pública del portal web del organismo. La propia publicación indica la dirección: uragentzia.euskadi.eus. Esta vía es la referencia principal para consultar el expediente completo y descargar la documentación.
Las notificaciones, por otro lado, se firmaron en Vitoria-Gasteiz el 7 de octubre de 2026, pero la fecha de publicación es la referencia para el cómputo del plazo. Según la firma, la directora general es representada por Anabel Montilla Olalde, como responsable de aprovechamientos, a través del régimen de representación establecido en la Resolución del 23 de mayo de 2025.
Vía de tramitación de la concesión
La obtención de la concesión no implica nada más: el agua sigue siendo parte del dominio público, y obliga al titular a cumplir las condiciones de la concesión, incluyendo el volumen, el uso y las condiciones ambientales. Por ello, este trámite no es una mera formalidad; las alegaciones pueden tener un peso real en las condiciones de la resolución.
En un proyecto que afecta a Antzuola y Bergara, además, vinculado a actividades de vivienda y ganadería del mismo valle, la información pública es el momento oportuno para verificar el uso del recurso hídrico en el entorno montañoso y, si fuera necesario, proponer condiciones. El volumen anual es pequeño, pero sería continuo y a largo plazo, ya que las concesiones, según la práctica habitual en estos trámites, se otorgan con una vigencia de veinte años.
El plazo de alegaciones es corto, los mismos veinte días que se aplicaron a otros expedientes, y aunque no se prevén cambios extraordinarios hasta principios de diciembre, ya está computando desde finales de octubre. Por lo tanto, quienes tengan observaciones o motivos para oponerse deberán actuar de inmediato, ya que es obligatorio presentar el documento o utilizar el registro electrónico.
Las condiciones específicas de la concesión aún no son públicas en este aviso: solo se especifican el punto de captación, el volumen y el objetivo. La publicación, no obstante, ofrece al ciudadano la oportunidad de solicitar información, y la Agencia Vasca del Agua asume la plena capacidad para llevar a cabo el procedimiento en este caso.
Fuente: Boletín Oficial del País Vasco (BOPV), número del 27 de octubre de 2026, sección de Otros anuncios oficiales, 2026/4520.