BOP de Cádiz · 18 Aug 2026 · 8 vistas
Ubrique obliga a inscribir patinetes eléctricos en un registro municipal
Por FactBox Admin

Ubrique habilita un registro municipal de patinetes para luchar contra robos
El Ayuntamiento de Ubrique (Cádiz) ha hecho público en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz la aprobación definitiva de una nueva Ordenanza Municipal Reguladora del Tráfico y la Circulación que incluye la posibilidad de crear un registro municipal de Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como patinetes eléctricos y vehículos similares. La norma fue aprobada por el Pleno del consistorio en sesión extraordinaria celebrada el 29 de julio de 2026 y se publica íntegramente en el BOP de Cádiz número 158, de fecha 18 de agosto de 2026, para su conocimiento general al amparo de los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La ordenanza responde a la necesidad de adaptar la normativa local al Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, que aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. En su exposición de motivos, el consistorio ubriquense reconoce la “rápida proliferación en las zonas urbanas” de los VMP y la carencia de un marco normativo estatal que regule su circulación, circunstancia que convierte a los ayuntamientos en los responsables de establecer las reglas mediante ordenanzas municipales.
Objetivo del registro: prevenir robos y controlar el parque móvil
El artículo 90 de la ordenanza establece que el Ayuntamiento de Ubrique “se reserva el derecho de crear un registro de VMP con objeto de conocer el parque móvil de estos vehículos en la ciudad”, y añade que su finalidad expresa será “evitar los robos o extravíos de los mismos”. Si el consistorio decide activar el registro, podrán inscribirse todas las personas mayores de 15 años, acompañadas de padre, madre o tutor en caso de menores de edad.
La inscripción requerirá aportar los siguientes datos:
- Nombre y apellidos del titular
- Domicilio, teléfono de contacto y correo electrónico
- Número del documento de identidad
- Número de serie o bastidor del VMP, o el código que exija la normativa estatal
- Marca, modelo, color y fotografía del vehículo
- Características singulares del dispositivo
- Póliza de seguro, que se hará constar en el momento de la inscripción
Las normas de funcionamiento del registro se establecerán mediante resolución municipal, respetando en todo momento la normativa de protección de datos.
Requisitos de circulación y limitaciones de velocidad
La ordenanza regula con detalle las condiciones de uso de los VMP en el término municipal de Ubrique. Entre las principales normas:
- La velocidad máxima será de 25 km/h en vías urbanas y de 15 km/h en aceras-bici y sendas ciclables
- En zonas peatonales, se podrá circular a un máximo de 20 km/h, siempre respetando la prioridad peatonal
- El conjunto VMP-conductor deberá tener una altura mínima de 1,40 metros; si no se alcanza, será obligatorio el uso de un banderín de seguridad de al menos 1,50 metros
- El uso del casco será obligatorio en carriles bici, zonas 20, zonas 30 y el resto de vías urbanas
Sanciones: multas de hasta 1.000 euros
El régimen sancionador previsto en la ordenanza clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves. Las multas oscilarán entre 100 euros por infracciones leves, 101 a 200 euros por graves, y 201 a 500 euros por muy graves. En casos excepcionales, como conducir bajo los efectos del alcohol o de drogas, las sanciones pueden alcanzar los 1.000 euros. Incumplir la obligación de inscribir el VMP en el registro municipal, en caso de que se establezca, se tipificará como infracción leve.
La ordenanza también contempla la inmovilización y retirada de los vehículos cuando su circulación genere un grave riesgo para la seguridad vial, siendo el titular responsable del pago de los gastos de grúa y depósito.
Plazos y entrada en vigor
La norma entrará en vigor a los quince días hábiles de su publicación íntegra en el BOP de Cádiz, de conformidad con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Los propietarios de VMP adquiridos antes del 22 de enero de 2024 podrán seguir circulando sin certificado de homologación hasta el 22 de enero de 2027, fecha a partir de la cual quedará totalmente prohibido hacerlo con vehículos no certificados conforme a la Resolución de 12 de enero de 2022, de la Dirección General de Tráfico, publicada en el BOE el 21 de enero de 2022.
La aprobación de esta ordenanza sitúa a Ubrique entre los municipios gaditanos que están respondiendo al creciente uso de patinetes eléctricos y otros VMP, un fenómeno que ha obligado a las administraciones locales a adaptar su normativa de tráfico a las nuevas formas de movilidad urbana.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, número 158, 18 de agosto de 2026, Sección I (Anuncios), pág. 13-32 (referencia del documento: BOP158_18-08-26).