Registro Oficial del Ecuador · 18 Sep 2026 · 6 vistas
Tulcán crea el Banco Municipal de Suelo y regula venta de lotes
Por FactBox Admin

El Concejo Municipal del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Tulcán aprobó la Ordenanza que crea el Banco Municipal de Suelo y regula el Programa de Venta de Lotes del Cantón Tulcán, publicada en el Registro Oficial, Edición Especial Nº 1657, del viernes 18 de septiembre de 2026, pág. 22. La norma crea un banco de suelo y un programa permanente para adjudicar lotes urbanizados a familias sin acceso legal a vivienda. El texto fue sancionado por el alcalde Andrés Santiago Ruano Paredes el 4 de septiembre de 2026 y certificado por el secretario de Concejo, Patricio Imbaquingo Imbaquingo.
Un diagnóstico de suelo vacante en Tulcán y González Suárez
La ordenanza se sustenta en el Plan de Uso y Gestión del Suelo de las parroquias urbanas Tulcán y González Suárez, donde se identificaron 21.048 predios. De ellos, 7.013 son lotes vacantes, equivalentes al 33,32 %, mientras que 14.035 predios (66,68 %) no están vacantes.
El objetivo declarado es evitar que el crecimiento de la ciudad dependa de nueva periferia y aprovechar el suelo disponible dentro del área consolidada. La norma invoca el artículo 45 del Reglamento de la LOOTUGS, que define el Banco de Suelo como reserva de suelo no utilizado de propiedad municipal, estatal o privada destinada a utilidad pública, administrada mediante registro georreferenciado.
El Banco Municipal de Suelo queda a cargo de la Dirección de Gestión Territorial, en coordinación con la Jefatura de Avalúos y Catastros, la Procuraduría Síndica, la Dirección Financiera, la Dirección de Obras Públicas y EPMAPA-T. Todo inmueble ingresará mediante informe técnico, informe jurídico y resolución del Concejo Municipal, y deberá estar georreferenciado en el Sistema de Información Geográfica Municipal.
Requisitos y comisión de adjudicación
Los postulantes deberán cumplir, al menos, estos requisitos:
- Presentar solicitud dirigida al Alcalde del GADMT.
- Ser mayor de edad.
- Haber nacido en el cantón Tulcán o acreditar residencia mínima de 10 años.
- Estar inscrito en el Registro Único Municipal de Beneficiarios.
- No tener propiedades en el cantón Tulcán.
- Ser madre o padre soltera o jefe de hogar.
La Comisión Técnica de Adjudicación de Lotes verificará los expedientes y aplicará la Matriz de Calificación. La integran el Director de Gestión Territorial, que la preside; el Director de Participación Ciudadana; el Jefe de Avalúos y Catastros; un delegado de Procuraduría Síndica, con voz y sin voto; el Secretario General; el Director Financiero; y dos concejales designados por el Concejo Municipal.
Precios, plazos y reversión del lote
El valor de los lotes lo fijará la Jefatura de Avalúos y Catastros según el avalúo municipal, el costo de adquisición del suelo y las obras de urbanización ejecutadas. El pago podrá ser al contado, en cuotas, con financiamiento municipal o mediante convenios, con una cuota inicial del 10 % del avalúo del lote. Los acuerdos de pago tendrán un plazo máximo de dos años.
- El beneficiario deberá aceptar la adjudicación por escrito en diez días hábiles.
- Se prohíbe vender el lote durante cinco años.
- El lote revertirá al municipio por fraude o falsedad, incumplimiento grave, uso incompatible con la planificación territorial o renuncia expresa.
- El 100 % de los recursos del programa irá al Fondo Municipal de Suelo y Urbanización.
La ordenanza dispone que, en un plazo máximo de 90 días desde su publicación, el Alcalde conforme el Banco Municipal de Suelo y elabore su inventario inicial, mientras la Dirección de Gestión Territorial prepara el registro de predios susceptibles de incorporarse al programa.
Impacto para el cantón
La norma convierte el patrimonio inmobiliario municipal en una reserva estratégica de suelo y condiciona su venta a reglas de transparencia, plazos y reversión, de modo que el acceso a vivienda deja de depender de la compra de terrenos periféricos. Para las familias sin propiedad en el cantón abre una vía formal de adjudicación; para el municipio, obliga a inventariar y georreferenciar sus predios en 90 días y a reinvertir íntegramente los ingresos del programa.
Fuente: Registro Oficial, Edición Especial Nº 1657, viernes 18 de septiembre de 2026, pág. 22 (referencia oficial: Ordenanza que crea el Banco Municipal de Suelo y regula el Programa de Venta de Lotes del Cantón Tulcán).