La Gaceta — Diario Oficial · 01 Oct 2026 · 23 vistas
TSE levanta retención y gira ¢511.823,96 al partido Unidos Podemos
Por FactBox Admin

El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) levantó la retención que pesaba sobre la contribución estatal del partido Unidos Podemos y ordenó girarle ¢511.823,96 por gastos válidos y comprobados de la campaña electoral municipal 2024. La decisión consta en la resolución del expediente N° 381-2024, dictada a las 10:15 horas del 11 de setiembre de 2026 y publicada en La Gaceta N° 185 del jueves 1° de octubre de 2026.
La resolución se apoya en el oficio N° DFPP-1054-2026 del 8 de setiembre de 2026, suscrito por Ronald Chacón Badilla, jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, en el que se informa que la agrupación cumplió con las publicaciones de los estados financieros auditados —incluido el reporte de contribuciones— de los períodos anuales 2021-2024, terminados al 30 de junio, según lo dispuesto en el ordinal 135 del Código Electoral.
Con ese insumo, el Tribunal concluyó que quedó subsanado el motivo que había justificado la retención dispuesta en la resolución N° 7325-E10-2024 de las 11:00 horas del 7 de octubre de 2024, por lo que lo procedente era levantar la medida y ordenar el giro de la suma reconocida.
El monto y su destino
- Beneficiario: partido Unidos Podemos, cédula jurídica N° 3-110-788316.
- Monto: ¢511.823,96 (quinientos once mil ochocientos veintitrés colones con noventa y seis céntimos).
- Concepto: contribución estatal por gastos válidos y comprobados de la campaña electoral municipal 2024.
- Cuenta utilizada para la liquidación de gastos: IBAN N° CR54010000081301000124 de Coopealianza, a nombre de la agrupación.
El fallo recuerda al Ministerio de Hacienda y a la Tesorería Nacional que la agrupación política empleó esa cuenta bancaria para la liquidación de sus gastos, dato que consta en los folios 4 y 10 vuelto del expediente.
Notificaciones y trámite
El TSE ordenó notificar la resolución al partido Unidos Podemos, a la Tesorería Nacional y al Ministerio de Hacienda, dependencias a las que además se remitirá copia simple de la resolución N° 7325-E10-2024. También dispuso comunicar la decisión a la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos y al Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, y publicar el fallo en el Diario Oficial.
La resolución fue suscrita por los magistrados Max Alberto Esquivel Faerron, Mary Anne Mannix Arnold y Wendy de los Ángeles González Araya.
Dinero público bajo fiscalización
La contribución estatal a los partidos políticos es dinero público que se gira contra la liquidación de gastos de campaña, previa verificación de que la agrupación cumplió con la auditoría y la publicación de sus estados financieros. Cuando esos requisitos no se acreditan, el TSE retiene el giro; una vez subsanada la falta, ordena la liberación de los fondos.
En este caso, la retención se había dispuesto en octubre de 2024 y se mantuvo hasta que el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos certificó el cumplimiento de las publicaciones correspondientes a los períodos 2021-2024.
El giro ordenado es de ¢511.823,96, una cifra menor frente a las liquidaciones de otras agrupaciones publicadas en el mismo período, pero relevante porque confirma que el mecanismo de retención y liberación de la contribución estatal sigue operando como control del uso de recursos públicos en la política municipal.
Fuente: La Gaceta, N° 185 del jueves 1° de octubre de 2026, sección Resoluciones del Tribunal Supremo de Elecciones, pág. 85-86 (referencia oficial: IN202601127292).