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BOP de Granada · 30 Sep 2026 · 19 vistas

Tráfico asume las multas urbanas de Los Guájares por falta de medios

Por FactBox Admin

Tráfico asume las multas urbanas de Los Guájares por falta de medios

La Jefatura Provincial de Tráfico de Granada asumirá la potestad para sancionar las infracciones de circulación cometidas en las vías urbanas de Los Guájares desde el día siguiente a la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada. La decisión, adoptada a petición del propio Ayuntamiento de Los Guájares, se justifica por la insuficiencia de los servicios municipales para ejercer esa competencia. El acuerdo aparece publicado en el BOP número 189, de 30 de septiembre de 2026, con la referencia oficial BOP-GRA-2026-189001.

El procedimiento arrancó el 16 de septiembre de 2026, cuando el Consistorio acordó en pleno proponer el traslado de la competencia sancionadora, y el acuerdo plenario se remitió a la Jefatura el 22 de septiembre de 2026. Consultada al respecto, la Unidad de Sanciones de la Jefatura Provincial informó de que no existía inconveniente alguno para tramitar los expedientes que pudieran incoarse.

El marco legal es el artículo 84.4, párrafo tercero, del texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, que permite a los jefes provinciales asumir la competencia de los alcaldes “cuando, por razones justificadas o por insuficiencia de los servicios municipales, no pueda ser ejercida por estos”. El acuerdo se firma en Granada el 23 de septiembre de 2026 por el Jefe Provincial de Tráfico, Juan Diego Ramírez Llorente, y se publica en cumplimiento del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Qué asume exactamente la Jefatura

La competencia asumida comprende únicamente la sanción por infracciones a normas de circulación, e incluye también la instrucción de los procedimientos, ya que esta corresponde siempre a la Administración que adopta la resolución sancionadora. La Jefatura tramitará los expedientes sin compensación económica alguna por parte de la Dirección General de Tráfico al Ayuntamiento.

El acuerdo recoge cuatro puntos:

  • Asumir la competencia sancionadora por infracciones a normas de tráfico, circulación y seguridad vial cometidas en vías urbanas del término municipal de Los Guájares, a petición del propio Ayuntamiento.
  • Realizar la instrucción de los correspondientes expedientes sancionadores, sin compensación económica de la Dirección General de Tráfico al Consistorio.
  • Dar publicidad del acuerdo a través del Boletín Oficial de la Provincia, conforme al artículo 45 de la Ley 39/2015.
  • Iniciar el ejercicio de la competencia desde el día siguiente a la publicación y mantenerlo mientras el Ayuntamiento de Los Guájares no manifieste expresamente que reasume la competencia o la Jefatura aprecie la desaparición de las circunstancias que motivaron la asunción excepcional.

Lo que sigue en manos del Ayuntamiento

La ordenación y el control del tráfico en las vías urbanas del municipio seguirán siendo competencia municipal, con las excepciones generales previstas en la legislación vigente. También continuarán en manos del Consistorio la vigilancia y la denuncia de las infracciones que se cometan en esas vías.

El acuerdo recuerda que el artículo 7 de la ley de tráfico atribuye a los municipios la regulación, ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico en las vías urbanas de su titularidad, así como la denuncia y la sanción de las infracciones “cuando no esté expresamente atribuida a otra Administración”. El artículo 25.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, sitúa el tráfico, el estacionamiento de vehículos y la movilidad entre las competencias propias locales.

Impacto para los conductores

Para los conductores de Los Guájares, el cambio implica que las denuncias por infracciones cometidas en el casco urbano dejarán de resolverse en el Ayuntamiento y pasarán a tramitarse por la Jefatura Provincial de Tráfico de Granada, con el procedimiento sancionador y las vías de recurso propias de la Administración del Estado. La medida es excepcional y reversible: el Consistorio puede reasumir la competencia mediante manifestación expresa, y la Jefatura puede darla por concluida si desaparecen las razones que la justificaron.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Granada, núm. 189, 30 de septiembre de 2026, Administración del Estado, págs. 4-6 (referencia oficial: BOP-GRA-2026-189001).