BOP de Girona · 20 Aug 2026 · 7 vistas
Torroella suspende la calidad acústica durante la Fiesta Mayor
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Torroella de Montgrí ha acordado suspender provisionalmente los objetivos de calidad acústica durante la Festa Major Sant Genís 2026, que se celebra del 22 al 26 de agosto. La medida, aprobada mediante el decreto de alcaldía núm. 2915 de 10 de agosto de 2026, se publica en extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Girona (núm. 160, 20 de agosto de 2026, edicto 7419, referencia BOP-2026_0_160_7419).
La suspensión afecta exclusivamente a las zonas, los días y las franjas horarias donde se celebran conciertos, correfocs, atracciones feriales y otros actos de la fiesta mayor, y tiene carácter excepcional, provisional y territorial y temporalmente limitado. Fuera de estos espacios y horarios, los objetivos de calidad acústica y el resto de la normativa vigente continúan plenamente aplicables.
Marco legal y tramitación
La resolución se fundamenta en el artículo 9.1 de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido, y en el artículo 20 bis de la Ley 16/2002, de 28 de junio, de protección contra la contaminación acústica, que permiten a los municipios suspender temporalmente los objetivos de calidad acústica con motivo de actos tradicionales, festivos y culturales de especial arraigo e interés social. El despliegue normativo se completa con el Decreto 176/2009, de 10 de noviembre, que aprueba el Reglamento de la Ley 16/2002.
La decisión se apoya en el informe técnico sobre la incidencia acústica de la fiesta, emitido el 30 de julio de 2026 por la ingeniera técnica municipal e identificado con el número SEFYCU 254941. El decreto, firmado por Jordi Oliver González en fecha 17 de agosto de 2026, se dictó en ejercicio de las competencias delegadas por la Alcaldía mediante el decreto núm. 3357/2023, de 20 de junio de 2023.
Zonas y franjas horarias afectadas
La suspensión se aplica a un conjunto de espacios del municipio durante los días de la fiesta mayor:
- Aparcamiento del río Ter: atracciones feriales, del 22 al 26 de agosto, de las 18.00 h a las 3.00 h del día siguiente.
- Espacio de barracas: bar, cenas y conciertos, los días 22, 23, 24 y 26 de agosto, de las 23.00 h a las 5.00 h del día siguiente.
- Plaza de la Vila: danzas tradicionales y pregón (22 de agosto, 20.00-22.00 h) y correfoc (22 de agosto, 22.00-0.30 h).
- Plaza de la Muralla y paseo de la Iglesia: correfoc de los pequeños, 23 de agosto, de las 20.00 h a las 22.00 h.
- Patio del Espacio Jove: previas de barracas, los días 23, 24 y 25 de agosto, en franjas de tarde y noche.
- Jardines John Lennon: cena popular con havaneres (24 de agosto, 21.00-1.30 h), concierto de tarde (25 y 26 de agosto, 19.00-21.00 h) y baile con orquesta (25 y 26 de agosto, 22.00-0.30 h).
- Convento de los Agustinos y entorno: vermut explosivo, 26 de agosto, de las 12.00 h a las 14.00 h.
- Recorrido itinerante: cercavila (25 y 26 de agosto) y la Nocturna (26 de agosto, 22.00-2.00 h).
Alcance y garantías de la suspensión
La suspensión no exime del cumplimiento del resto de la normativa aplicable en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas, seguridad, prevención de incendios, pirotecnia, salud pública, ocupación de la vía pública y convivencia ciudadana. Tampoco ampara emisiones sonoras ajenas al desarrollo ordinario de los actos de la fiesta mayor.
Los Servicios Técnicos municipales competentes en materia de contaminación acústica realizarán el seguimiento técnico de las condiciones establecidas y determinarán las medidas necesarias para minimizar el impacto acústico de los actos afectados. Fuera de los espacios, fechas y franjas horarias expresamente indicados, los objetivos de calidad acústica y el resto de determinaciones de la normativa vigente son plenamente aplicables.
Recursos y efectos
La resolución, que pone fin a la vía administrativa, produce efectos a partir de su publicación en el BOP de Girona. Contra ella se puede interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano en el término de un mes, o bien recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Girona en el término de dos meses, de acuerdo con las leyes 39/2015 y 29/1998.
La medida permite que la fiesta mayor de Torroella de Montgrí, una de las manifestaciones tradicionales más arraigadas en el municipio, se desarrolle con normalidad durante los días de máxima actividad, aunque los vecinos y asistentes deberán convivir con niveles de inmisión acústica más elevados en las zonas y horarios concretos. La suspensión, sin embargo, queda estrictamente delimitada para evitar que se convierta en una exención general de la normativa de protección contra el ruido.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Girona, núm. 160, 20 d’agost de 2026, secció d’anuncis, pàg. 1-4 (referència oficial: BOP-2026_0_160_7419).