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Boletín Oficial de la República Argentina · 07 Aug 2026 · 4 vistas

Tarifas de practicaje bajan 20 % tras la suspensión del nuevo reglamento

Por FactBox Admin

La Agencia Nacional de Puertos y Navegación (ANPyN) dispuso una reducción del 20 % en las tarifas máximas de los servicios de practicaje y pilotaje mediante la Resolución 46/2026 (RESOL-2026-46-APN-ANPYN#MEC), publicada este viernes 7 de agosto en el Boletín Oficial de la República Argentina. La decisión, firmada el 6 de agosto por el director ejecutivo del organismo, Iñaki Miguel Arreseygor, regirá mientras dure la suspensión del nuevo reglamento del servicio establecida por el Decreto 716/2026.

El practicaje en aguas jurisdiccionales argentinas es un servicio público regulado por la Ley de la Navegación N° 20.094, cuyo artículo 99 lo somete al control de la autoridad marítima y cuyo artículo 101 encarga a la reglamentación la fijación de las tarifas. El Decreto 690/26 (30 de julio de 2026) aprobó el “Reglamento de los servicios de practicaje y pilotaje para los ríos, puertos, pasos y canales de la República Argentina” con el fin de eliminar barreras que dificultaban la incorporación de nuevos prestadores, pero su entrada en vigencia desató medidas de fuerza del sector que pusieron en crisis la prestación del servicio.

La baja del 20 % y su alcance

La resolución ordena disminuir un 20 % el resultado de las tarifas finales calculadas conforme al “Régimen de Tarifas Máximas para los Servicios de Practicaje y Pilotaje”, aprobado por la Disposición N° DI-2018-9-APN-SSPYVN#MTR del 15 de enero de 2018 de la entonces Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables, cuyo Anexo es el DI-2018-02339119-APN-SSPYVN#MTR.

  • La medida entra en vigencia el día de su dictado, el 6 de agosto de 2026.
  • Mantiene su vigencia mientras dure la suspensión prevista en el artículo 1° del Decreto 716/2026.
  • La actuación se tramita en el Expediente EX-2026-75738596-APN-ANPYN#MEC.

El conflicto que llevó a la suspensión

El Decreto 716/26, del 5 de agosto de 2026, suspendió los efectos del Decreto 690/26 y restituyó, durante esa suspensión, la plena vigencia de las normas que aquel había derogado, sustituido o modificado. En el ámbito del Ministerio de Seguridad Nacional se creó además una Mesa de Trabajo integrada por funcionarios de esa cartera, de la Prefectura Naval Argentina y de la ANPyN, junto a representantes del sector del practicaje y pilotaje, con el objetivo de lograr consensos y garantizar la continuidad del servicio.

Las partes consensuaron cuatro medidas para someter al Poder Ejecutivo Nacional:

  • la reactivación de la prestación regular del servicio de practicaje y pilotaje;
  • la suspensión de los efectos del Decreto N° 690/26;
  • la conformación de una mesa intersectorial para elaborar un nuevo reglamento;
  • la disminución del 20 % de las tarifas vigentes para el servicio de practicaje o pilotaje.

El respaldo del sector

La Cámara de Actividades de Practicaje y Pilotaje y la Asociación Profesional de Capitanes y Baqueanos Fluviales de la Marina Mercante, en representación del sector, prestaron conformidad a la medida. La resolución se dictó en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3 del 3 de enero de 2025, que creó la ANPyN como autoridad portuaria nacional y autoridad de aplicación en la materia, con intervención de sus gerencias de Políticas Navieras, Coordinación Técnica y Coordinación Legal y Administrativa.

La rebaja del 20 % en las tarifas máximas de practicaje y pilotaje alivia los costos logísticos de las operaciones en ríos, puertos y canales, con impacto directo en la cadena del comercio exterior: exportadores e importadores verán reducidos sus costos portuarios mientras dure la suspensión. Su vigencia limitada convierte a la medida en una pieza de la negociación que deberá cerrar la mesa intersectorial con un nuevo reglamento para el servicio.


Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina, viernes 7 de agosto de 2026, primera sección, aviso N° 345663 (referencia oficial: RESOL-2026-46-APN-ANPYN#MEC).