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Diario Oficial El Peruano · 11 Sep 2026 · 4 vistas

Sunass aprueba lineamientos para distribuir gradualmente el incremento tarifario del agua

Por FactBox Admin

Sunass aprueba lineamientos para distribuir gradualmente el incremento tarifario del agua

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) aprobó los “Lineamientos para la distribución del incremento tarifario derivado de la aplicación de la nueva metodología para el cálculo de la tasa de actualización”, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2026-SUNASS-CD, emitida en Lima el 8 de setiembre de 2026 y publicada en el Diario Oficial El Peruano el viernes 11 de setiembre de 2026. La norma, adoptada por el Consejo Directivo en su sesión del 7 de setiembre, entra en vigencia al día siguiente de su publicación.

El documento establece el procedimiento para repartir de manera gradual el incremento tarifario que resulte de aplicar la nueva metodología de cálculo de la tasa de actualización, permitiendo que este se distribuya en un plazo máximo de hasta tres años regulatorios. De esta forma se modula el impacto en la capacidad de pago de los usuarios sin comprometer la sostenibilidad económica y financiera de las empresas prestadoras.

Marco normativo y antecedentes

La medida se sustenta en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, que faculta a los reguladores a dictar normas de carácter general. Asimismo, se apoya en el Decreto Legislativo Nº 1280, Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1620, que introdujo cambios en materia de regulación económica de la prestación de los servicios.

El Reglamento de la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-VIVIENDA, establece en su numeral 15 del artículo 153 que la Sunass tiene como función realizar el cálculo y la aplicación de la tasa de actualización conforme a la metodología aprobada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. La propuesta fue presentada a través del Informe Nº 00096-2026-SUNASS-DPN de las direcciones de Políticas y Normas, Regulación Económica y de la Oficina de Asesoría Jurídica.

Criterios de aplicación

La distribución del incremento tarifario se determina aplicando tres criterios:

  • Gradualidad: atenuar el impacto sobre la capacidad de pago de los usuarios, procurando una distribución homogénea de los incrementos.
  • Equivalencia financiera: preservar el valor presente de los ingresos incrementales, independientemente de la alternativa de distribución que se aplique.
  • Equilibrio económico-financiero: la aplicación gradual no debe afectar que los ingresos cubran los costos económicos, ni generar déficits de caja ni comprometer la sostenibilidad de la prestación.

Procedimiento de aplicación

El procedimiento para aplicar la distribución del incremento tarifario comprende los siguientes pasos:

  • Calcular el incremento tarifario, manteniendo una misma base de comparación entre la nueva metodología y la metodología previa contemplada en el Anexo V del Reglamento General de Tarifas, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2021-SUNASS-CD.
  • Determinar el efecto del incremento sobre los ingresos incrementales por servicios de agua potable y saneamiento, expresado en valor presente.
  • Identificar las alternativas de distribución, evaluando su aplicación como máximo en los tres primeros años del periodo regulatorio.
  • Seleccionar, entre las alternativas viables, aquella cuyo mayor incremento anual sea el menor posible.

Los lineamientos se aplican de oficio en el primer procedimiento de revisión periódica o, de corresponder, de revisión excepcional de cada empresa prestadora que se inicie con posterioridad a la entrada en vigencia de la nueva metodología. La resolución fue suscrita por el presidente ejecutivo de la Sunass, Mauro Orlando Gutiérrez Martínez.

La norma tiene un impacto directo en la factura de millones de usuarios de agua potable y saneamiento en todo el país, pues define cómo y en qué plazos se trasladará el incremento tarifario derivado de la actualización de la tasa. Al modular la aplicación gradual del alza, la Sunass busca equilibrar la protección de la capacidad de pago de los hogares con la necesidad de que las empresas prestadoras mantengan su equilibrio financiero y la calidad del servicio.


Fuente: Diario Oficial El Peruano, Nº 19513, viernes 11 de setiembre de 2026, sección Normas Legales, pág. 53-55 (referencia oficial: Resolución de Consejo Directivo Nº 033-2026-SUNASS-CD).