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BOP de Soria · 31 Aug 2026 · 1 vistas

Soria registra el nuevo convenio del comercio con subidas salariales del 3,25%

Por FactBox Admin

El Boletín Oficial de la Provincia de Soria (núm. 101, de 31 de agosto de 2026, pág. 3044) publica la Resolución de 26 de agosto de 2026 de la Oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria, por la que se ordena el registro y la publicación del Convenio Colectivo Provincial para el Sector del Comercio de la provincia de Soria, suscrito el 14 de julio de 2026.

El texto, que afecta a las empresas y personas trabajadoras del comercio de toda la provincia, tendrá una vigencia de tres años, desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028, y quedará automáticamente denunciado al término de su duración, prorrogándose en todos sus contenidos hasta la entrada en vigor de un convenio que lo sustituya.

Partes firmantes

El convenio ha sido negociado por la parte social y la parte empresarial del sector:

  • Por los trabajadores, Comisiones Obreras (CCOO).
  • Por las empresas, la Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas (FOES), la Federación de Empresarios de Comercio de Soria (FEC Soria), la Asociación Soriana de Vendedores de Prensa, Revistas y Publicaciones, la Asociación Soriana de Empresarios de Venta y Reparación de Neumáticos de Soria, la Asociación Soriana de Reparación y Venta de Maquinaria Agrícola (ASEMA) y la Asociación Soriana de Empresas Distribuidoras de Productos Fitosanitarios (ASOEFIT).

Subidas salariales y revisión del IPC

El acuerdo fija un incremento salarial escalonado para los tres años de vigencia:

  • 2026: subida del 3,25% sobre las tablas salariales de 2025, con adaptación al SMI anual de las categorías que queden por debajo, con una diferencia de 105 euros anuales.
  • 2027: incremento del 3,00% sobre las tablas de 2026.
  • 2028: incremento del 3,00% sobre las tablas de 2027.

Además, se establece una cláusula de revisión: si al finalizar 2028 el sumatorio del IPC real de los años 2026, 2027 y 2028 superara el 9,25%, se efectuará una actualización salarial con efectos de 1 de enero de 2029 sobre el exceso de dicho 9,25%, hasta un máximo del 1%.

Jornada, pagas y otras condiciones

El convenio mantiene una jornada de 40 horas semanales, con 1.790 horas en cómputo anual para cada uno de los tres años, y contempla mejoras en conciliación, con un número creciente de fines de semana completos de descanso (dos en 2026, tres en 2027 y cuatro en 2028). Entre las condiciones económicas destacan:

  • Tres pagas extraordinarias al año, equivalentes a una mensualidad del salario de convenio más antigüedad, devengadas el 30 de marzo, el 15 de julio y el 15 de diciembre.
  • Complemento de antigüedad por cuatrienios del 5%, con un máximo de cuatro cuatrienios (20%).
  • Plus de nocturnidad del 22% sobre el salario base para las horas entre las 22:00 y las 6:00.
  • Dietas de 12 euros por media dieta (una comida) y dieta completa con gastos de cena y alojamiento justificados.
  • 30 días naturales de vacaciones al año.
  • Póliza de accidentes con coberturas de 15.000 euros por fallecimiento y 20.000 euros por invalidez permanente absoluta.

El texto crea además una Comisión Paritaria como órgano de interpretación, arbitraje y conciliación, y una Comisión de Igualdad de Oportunidades, con adhesión formal al Acuerdo de Solución Autónoma de Conflictos Laborales en Castilla y León (ASACL).

La publicación en el boletín oficial da plena eficacia a un acuerdo que fija las condiciones laborales de miles de trabajadores y empresas del comercio soriano para los próximos tres años, en un contexto de contención de la inflación y de apuesta por la conciliación y la igualdad en el sector.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria, núm. 101, 31 de agosto de 2026, pág. 3044 (referencia oficial: BOPSO-101-31082026).