Boletín Oficial de Cantabria · 24 Sep 2026 · 9 vistas
SODERCAN subvencionará directamente a autónomos y nuevas empresas con hasta 67.600 euros
Por FactBox Admin

El Consejo de Gobierno de Cantabria aprobó el Decreto 68/2026, de 17 de septiembre, que regula la concesión directa de subvenciones de SODERCAN, S. A. a personas autónomas y empresas de reciente creación en el marco de los programas EMPRECAN y EMPLEA. La disposición se publica en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) núm. 184, de 24 de septiembre de 2026, con la referencia CVE-2026-7365. La norma entra en vigor el día siguiente al de su publicación, esto es, el 25 de septiembre de 2026.
El decreto sustituye el procedimiento de concurrencia competitiva por el de concesión directa, con el objetivo de agilizar la gestión y reunir en una única disposición todas las medidas de apoyo a emprendedores promovidas por SODERCAN, sociedad pública adscrita a la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio. El texto se ampara en la letra c) del artículo 22.3 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, que permite la concesión directa por razones de interés público, social o económico. La medida deroga la Orden IND/35/2023, de 5 de mayo (Emprecan Plus) y la Orden IND/13/2023, de 15 de febrero (Emplea).
Las ayudas tienen carácter de minimis y se sujetan al Reglamento (UE) 2023/2831, que fija un límite máximo de 300.000 euros por empresa en tres años. El decreto está firmado por la presidenta del Consejo de Gobierno, María José Sáenz de Buruaga Gómez, y por el consejero de Industria, Empleo, Innovación y Comercio, Eduardo C. Arasti Barca.
EMPRECAN: hasta 67.600 euros por beneficiario
EMPRECAN apoya las inversiones de personas autónomas y empresas cuya actividad se haya iniciado en los dos años previos a la solicitud. La ayuda máxima es de 67.600 euros por empresa o persona autónoma, repartida en cuatro líneas:
- Línea 1, gastos de formación especializada: 60 % del gasto, con un máximo de 2.100 euros.
- Línea 2, gastos de constitución: 100 %, con un máximo de 500 euros (excluidos los autónomos).
- Línea 3, gastos de puesta en marcha: 60 %, con un máximo de 15.000 euros.
- Línea 4, activos fijos: 50 %, con un máximo de 50.000 euros.
Quedan expresamente excluidas las actividades basadas en ecommerce, así como las empresas y entes públicos. Los solicitantes deben contar con domicilio social o fiscal y centro de trabajo en Cantabria y estar al corriente con SODERCAN, la AEAT, la ACAT y la Tesorería General de la Seguridad Social.
EMPLEA: hasta 16.000 euros por contratación indefinida
EMPLEA subvenciona la contratación indefinida de trabajadores por autónomos y empresas de reciente creación, con actividad iniciada en los cuatro años previos. Las cuantías a jornada completa son:
- Grupos de cotización 1 y 2: 16.000 euros.
- Grupos 3 y 4: 14.000 euros.
- Grupos 5, 6 y 7: 12.000 euros.
- Grupos 8, 9, 10 y 11: 10.000 euros.
Las cuantías se reducen al 50 % cuando la contratación es a jornada parcial. Cada solicitante puede ser beneficiario de un máximo de dos subvenciones y el contrato debe mantenerse durante 24 meses desde el alta en la Seguridad Social.
Plazos, tramitación y control
En EMPRECAN las solicitudes se presentan a partir del día siguiente al pago completo de los gastos; si todos los gastos se realizaron antes de la entrada en vigor, el plazo es de tres meses desde esa fecha. En EMPLEA el plazo es de tres meses desde el alta del contrato indefinido, y para las contrataciones realizadas entre el 1 de julio de 2025 y la entrada en vigor, de tres meses desde la vigencia del decreto.
La tramitación se realiza a través del Gestor de Ayudas de SODERCAN (ayudas.sodercan.es). La resolución corresponde al consejero delegado de SODERCAN, con un plazo máximo de tres meses, y es recurrible en alzada ante el titular de la consejería competente en materia de industria.
La norma busca que todos los proyectos que cumplan los requisitos puedan acceder a las ayudas sin quedar sujetos a rígidos plazos de convocatoria ni a limitaciones presupuestarias, en un contexto de pérdida de peso del sector industrial en el PIB y de caída de la ejecución presupuestaria de estas líneas.
Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, núm. 184, de 24 de septiembre de 2026, Consejo de Gobierno, págs. 46609-46636 (referencia oficial: CVE-2026-7365).