Diario Oficial de la República de Chile · 03 Nov 2026 · 13 vistas
SII fija criterios generales para condonar intereses y multas en conciliaciones
Por FactBox Admin

El Servicio de Impuestos Internos (SII) fijó los criterios generales con los que concederá condonaciones en los trámites de conciliación o avenimiento extrajudicial. Lo hizo mediante la resolución exenta N° 145, del 23 de octubre de 2026, cuyo extracto se publicó este martes 3 de noviembre en el Diario Oficial de la República de Chile, en la Sección I (Normas Generales), con la referencia oficial CVE 2893184.
El acto fue dictado por la Dirección Nacional del Servicio de Impuestos Internos, servicio dependiente del Ministerio de Hacienda, y tiene por objeto los procedimientos de conciliación y de avenimiento extrajudicial regulados en los artículos 132 bis y 132 ter del Código Tributario, las vías administrativas contempladas para resolver diferencias entre el contribuyente y el fisco por deudas tributarias en conflicto. El extracto aparece suscrito por Jorge Rodrigo Trujillo Puentes, Director del servicio.
La publicación llegó once días después de la dictación de la resolución, fechada el 23 de octubre de 2026, y adoptó la fórmula de extracto: el Diario Oficial consigna el número, la fecha y el objeto del acto, y remite al portal www.sii.cl para la consulta del texto íntegro.
Criterios generales para condonar en conciliaciones
Según el extracto, la resolución exenta N° 145 “fija criterios generales para la concesión de condonaciones en los trámites de conciliación o avenimiento extrajudicial, regulados en los artículos 132 bis y 132 ter, ambos del Código Tributario”.
Al tratarse de criterios de carácter general, el acto define un marco de aplicación uniforme para esos dos trámites, en los que el Servicio de Impuestos Internos y el contribuyente discuten deudas fiscales antes de llegar a una definición judicial.
El extracto publicado no detalla porcentajes, montos ni plazos específicos de condonación: esos elementos quedan en el texto íntegro de la resolución, disponible en www.sii.cl.
Publicación por extracto y verificación del acto
El ejemplar corresponde a la edición núm. 44.589 del Diario Oficial de la República de Chile, correspondiente al martes 3 de noviembre de 2026, bajo el acápite Normas Generales de la Sección I, con el sello CVE 2893184.
El documento fue firmado electrónicamente conforme a la ley N° 19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada; la autenticidad de una representación impresa se verifica ingresando el código CVE 2893184 en el sitio web del Diario Oficial.
Otros pronunciamientos del SII en la misma edición
La edición del 3 de noviembre incluyó además otros dos extractos del Servicio de Impuestos Internos / Dirección Nacional:
- Resolución exenta N° 144, del 23 de octubre de 2026, que fija exigencias sobre las facturas y guías de despacho que amparan el traslado de bienes corporales muebles y deja sin efecto la resolución Ex. SII N° 154, de 2025 (CVE 2893180).
- Oficio ordinario N° 2.679, del 7 de octubre de 2026, que se pronuncia sobre la corrección monetaria en una organización sin fines de lucro y cambia el criterio establecido en el oficio N° 214, de 2024 (CVE 2893178).
- Ambos documentos también remiten al portal www.sii.cl para la consulta de su texto íntegro y llevan la firma del Director del servicio.
La relevancia del CVE 2893184 está en que traslada al plano normativo una decisión que hasta ahora se resolvía caso a caso: contar con criterios generales de condonación permite a los contribuyentes con deudas fiscales en conflicto anticipar cómo se evaluará su solicitud en una conciliación o un avenimiento extrajudicial. Para los contribuyentes y sus asesores, el paso siguiente es revisar el texto íntegro en www.sii.cl, donde se conocerán los términos concretos con que el Servicio de Impuestos Internos aplicará esos criterios.
Fuente: Diario Oficial de la República de Chile, núm. 44.589, 3 de noviembre de 2026, Sección I (Normas Generales), pág. 1 (referencia oficial: CVE 2893184).