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BOP de Sevilla · 26 Oct 2026 · 4 vistas

Sevilla aprueba definitivamente 9,5 millones en créditos extraordinarios y suplementos

Por FactBox Admin

Sevilla aprueba definitivamente 9,5 millones en créditos extraordinarios y suplementos

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla, en sesión ordinaria celebrada el 22 de octubre de 2026, aprobó definitivamente la concesión de créditos extraordinarios por 4.998.048,39 euros y suplementos de crédito por 4.505.990,00 euros, tramitada en el expediente n.º 58/2026 del Servicio de Gestión Presupuestaria. El acuerdo incluye la desestimación de la reclamación presentada contra la modificación y se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla nº 207, de lunes 26 de octubre de 2026, con referencia oficial BOP-SE-2026-207021 (págs. 107-108), dentro de la sección de Administración Local.

El expediente arranca de la aprobación inicial acordada por el Pleno el 17 de septiembre de 2026, anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla nº 183, de 21 de septiembre de 2026 (BOP-SE-2026-183018). El anuncio abrió un plazo de exposición pública de quince días hábiles en el Servicio de Gestión Presupuestaria, sito en la calle Bilbao, 4, planta segunda, conforme a los artículos 177.2, 169.1 y 170 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Aprobación definitiva tras desestimar la reclamación

El primer acuerdo del Pleno desestima la reclamación presentada y aprueba definitivamente la concesión de créditos extraordinarios y suplementos de crédito, “de conformidad con el informe del Servicio de Gestión Presupuestaria y de la Intervención Municipal”. El anuncio no identifica a la persona o entidad reclamante ni reproduce el contenido de la impugnación.

El segundo acuerdo ordena la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla de la resolución y del resumen de las modificaciones presupuestarias aprobadas, que se detalla a continuación en el propio anuncio.

Desglose de las modificaciones aprobadas

Los créditos extraordinarios se concentran en una única aplicación de gasto:

  • Capítulo 7, Transferencias de capital: 4.998.048,39 euros.
  • Total de créditos extraordinarios: 4.998.048,39 euros.

Los suplementos de crédito se reparten en dos capítulos:

  • Capítulo 4, Transferencias corrientes: 3.876.000,00 euros.
  • Capítulo 7, Transferencias de capital: 629.990,00 euros.
  • Total de suplementos de crédito: 4.505.990,00 euros.

El importe conjunto de la modificación asciende a 9.504.038,39 euros, según resulta del estado de ingresos publicado en la segunda página del anuncio.

Financiación con deuda y plazo para recurrir

La modificación se financia íntegramente con operaciones financieras, sin recurso a remanente de tesorería ni a bajas por anulación de créditos:

  • Capítulo 8, Activos financieros: 4.505.990,00 euros, que cubren los suplementos de crédito.
  • Capítulo 9, Pasivos financieros: 4.998.048,39 euros, que cubren los créditos extraordinarios.
  • Total del estado de ingresos: 9.504.038,39 euros.

El anuncio advierte de que, de acuerdo con el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, contra la resolución de aprobación definitiva podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del anuncio, en la forma que establecen las normas de dicha jurisdicción.

El documento aparece firmado por Jorge Antonio Ramón Montoro, jefe de sección de Análisis Presupuestario, por delegación del secretario general, con sello del Área de Hacienda, Administración y Transformación Digital y firma electrónica de 22 de octubre de 2026.

Impacto en la capacidad de gasto municipal

La operación amplía en 9,5 millones de euros la capacidad de gasto del Ayuntamiento de Sevilla en el ejercicio en curso, íntegramente mediante endeudamiento, y eleva el peso de las transferencias —corrientes y de capital— en el presupuesto municipal. Al tratarse de la aprobación definitiva, el acuerdo cierra la vía administrativa y deja abierta únicamente la impugnación ante la jurisdicción contencioso-administrativa en el plazo de dos meses desde la publicación en el boletín provincial.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, nº 207, 26 de octubre de 2026, Administración Local, págs. 107-108 (referencia oficial: BOP-SE-2026-207021).