Federal Register · 31 Aug 2026 · 2 vistas
La SEC solicita comentarios sobre la solicitud de exención de compensación de DTCC ITP
Por FactBox Admin

La Securities and Exchange Commission (SEC) de los EE. UU. está solicitando comentarios públicos sobre una solicitud de DTCC ITP LLC para ser exenta del registro como agencia de compensación en virtud de la Sección 17A de la Securities Exchange Act de 1934, a fin de que pueda asumir la función de conciliación central de operaciones que actualmente desempeña su subsidiaria wholly owned, DTCC ITP Matching (ITPM). El aviso fue publicado en el Federal Register del lunes 31 de agosto de 2026 (Vol. 91, No. 167, sección de Avisos, p. 55933), como Release No. 34-106203; File No. 600-46 (FR Doc. 2026-17674).
Antecedentes de la solicitud
DTCC ITP presentó su solicitud mediante el Formulario CA-1 el 18 de septiembre de 2025, buscando una exención condicional del registro como agencia de compensación. La empresa propone asumir las obligaciones de ITPM como proveedor de servicios de conciliación central y agencia de compensación exenta, para que eventualmente ITPM pueda retirar su estado de exención y sea debidamente disuelta. ITPM ha proporcionado servicios de conciliación central y confirmación electrónica de operaciones (ETC) bajo la Exención de ITPM otorgada por la Comisión en 2001.
DTCC ITP es una sociedad de responsabilidad limitada de Delaware cuyo único miembro es The Depository Trust & Clearing Corporation (DTCC). Opera enteramente a través de acuerdos de servicio con DTCC y sus filiales, tiene “cero” empleados propios y depende de aproximadamente 60 empleados a tiempo completo de DTCC que brindan soporte dedicado. Sus servicios propuestos no cambiarían respecto a los que ITPM ofrece actualmente:
- CTM, una plataforma central de conciliación post-operación;
- TradeSuite ID, un servicio de confirmación y afirmación;
- ALERT, una base de datos global de instrucciones de liquidación permanentes de valores, efectivo y garantías;
- ITP Integration Business Services, un servicio no esencial para ayudar a los clientes a implementar lo anterior.
Condiciones propuestas para la exención
La solicitud propone un nuevo conjunto de condiciones, divididas en condiciones operativas y de interoperabilidad, diseñadas para reflejar la evolución de la regulación de compensación desde 2001. Bajo las condiciones operativas propuestas, DTCC ITP ofrecería servicios al cliente limitados a la asignación, conciliación, confirmación y afirmación, y no realizaría otras funciones de agencia de compensación, como la liquidación neta o el mantenimiento de posiciones abiertas.
Si se concede la exención, DTCC ITP se convertiría en una “entidad SCI” bajo la Regulación SCI, lo que requeriría que sus sistemas tengan suficiente capacidad operativa y de procesamiento, integridad, resiliencia y seguridad. Las condiciones de interoperabilidad propuestas requerirían que la empresa mantenga una interfaz abierta a cualquier agencia de compensación exenta, en términos justos y no discriminatorios, con notificación previa de cambios materiales.
Por qué es importante la exención
DTCC ITP sostiene que imponer toda la gama de regulaciones de las agencias de compensación a una entidad que solo realiza la conciliación posterior a la negociación aumentaría innecesariamente los costos de cumplimiento y podría derivar en tarifas más altas para los clientes. Señala la trayectoria de ITPM, incluyendo su papel en la transición al ciclo de liquidación T+1 el 28 de mayo de 2024, y el cambio previo de T+3 a T+2 en 2017, ambos gestionados eficazmente como una agencia de compensación exenta.
Se invita a las personas interesadas a presentar datos, opiniones y argumentos por escrito sobre si la exención propuesta es coherente con el interés público, la protección de los inversores y los propósitos de la Sección 17A. Los comentarios pueden enviarse electrónicamente a través del sitio web de la SEC o por correo electrónico a rule-comments@sec.gov, haciendo referencia al Expediente No. 600-46, o en papel al Secretario de la Securities and Exchange Commission, 100 F Street NE, Washington, DC 20549-1090. Todas las presentaciones deben recibirse a más tardar el 15 de octubre de 2026.
La decisión definirá la estructura competitiva del procesamiento posterior a la negociación en los mercados de EE. UU., determinando si una única entidad de DTCC puede continuar operando la utilidad de conciliación central que sustenta la liquidación para los agentes de bolsa e inversores institucionales sin la carga total del registro como agencia de compensación.
Fuente: Federal Register, Vol. 91, No. 167, 31 de agosto de 2026, Avisos, p. 55933 (referencia oficial: Release No. 34-106203; File No. 600-46 / FR Doc. 2026-17674).