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BOE · 20 Aug 2026 · 7 vistas

Savanna Power desiste de la fotovoltaica Ciudad de Tartessos I en Huelva

Por FactBox Admin

La Dirección General de Política Energética y Minas, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha aceptado el desistimiento formulado por Savanna Power Solar 9, SLU de su solicitud de autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Ciudad de Tartessos I, de 59,09 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación. La decisión se recoge en la Resolución de 5 de agosto de 2026, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 204, de 20 de agosto de 2026, en la sección III, página 115812, con referencia oficial BOE-A-2026-17987, y acuerda el archivo del expediente SGIISE/PFot-542.

El proyecto se ubicaba en los términos municipales de Trigueros, San Juan del Puerto, Moguer y Palos de la Frontera, en la provincia de Huelva. La promotora presentó su solicitud de desistimiento el 19 de septiembre de 2025, renunciando también a la autorización administrativa previa que le fue otorgada el 21 de julio de 2023.

El AVE Sevilla-Huelva, causa del abandono

El desistimiento se produce tras la aprobación definitiva del «Estudio informativo de la línea de alta velocidad Sevilla-Huelva», comunicada el 9 de diciembre de 2024 por la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible y publicada en el BOE el 18 de diciembre de 2024. Durante la tramitación, el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) informó de que la implantación de la subestación colectora de 220 kV se vería afectada por el trazado de la futura vía férrea de alta velocidad, sin que se llegara a determinar la compatibilidad del proyecto con la nueva línea.

La promotora alegó que la aprobación ambiental y definitiva del estudio informativo afectaba directamente a su infraestructura de evacuación, motivo por el que optó por desistir del procedimiento conforme al artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Un expediente de larga tramitación

El proyecto acumulaba un largo recorrido administrativo desde su origen:

  • Solicitud de autorización administrativa previa presentada el 27 de febrero de 2021, subsanada el 18 de marzo de 2021.
  • Acuerdo de acumulación de los expedientes de Ciudad de Tartessos I y Ciudad de Tartessos II (expediente PFot-542 AC), dictado el 22 de marzo de 2021.
  • Declaración de impacto ambiental favorable emitida el 20 de abril de 2023 y publicada en el BOE número 112, de 11 de mayo de 2023.
  • Autorización administrativa previa otorgada el 21 de julio de 2023, publicada en el BOE número 186, de 5 de agosto de 2023.
  • Solicitud de autorización de construcción presentada el 18 de diciembre de 2023.

El proyecto contaba con permiso de acceso otorgado por Red Eléctrica de España, SAU (REE) el 21 de septiembre de 2020 y permiso de conexión de 5 de enero de 2022, si bien REE comunicó el 3 de enero de 2025 la caducidad de ambos permisos. La promotora solicitó la devolución de las garantías depositadas y pidió que se exceptuara la ejecución de la garantía económica, al entender que la caducidad venía motivada por la afectación derivada de la infraestructura ferroviaria.

Garantías y trámite final

El trámite de audiencia sobre la propuesta de resolución se notificó el 24 de julio de 2026, y la promotora respondió el 3 de agosto de 2026 aceptando la propuesta en su totalidad, con la petición expresa de que se recogiera la excepción de ejecución de la garantía económica depositada para el procedimiento de acceso y conexión. La resolución, firmada por el director general de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández, no pone fin a la vía administrativa y admite recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes.

El archivo de Ciudad de Tartessos I supone un nuevo revés para la generación fotovoltaica en la provincia de Huelva, en un contexto en el que la planificación de la alta velocidad ferroviaria condiciona la ubicación de las infraestructuras de evacuación renovable. La decisión evidencia la necesidad de coordinar la planificación energética y la ferroviaria para no comprometer los objetivos de transición energética en el territorio onubense.


Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 204, 20 de agosto de 2026, Sec. III, pág. 115812 (referencia oficial: BOE-A-2026-17987).