Boletín Oficial de Cantabria · 20 Aug 2026 · 7 vistas
Santoña aprueba el reglamento de horas estructurales de la Policía Local
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Santoña, en su sesión extraordinaria del 13 de agosto de 2026, acordó aprobar definitivamente el Reglamento de Horas Estructurales de la Policía Local y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC núm. 160, de 20 de agosto de 2026, referencia CVE-2026-6604, expediente 2025/1956). La norma entra en vigor una vez transcurridos 15 días hábiles desde su publicación.
Una plantilla mermada a la mitad
La exposición de motivos del reglamento constata que el cuerpo policial ha sufrido en los últimos meses una importante merma de efectivos por la marcha de varios agentes a otros destinos y por bajas laborales de larga duración. En la Plantilla de Personal del ejercicio 2025, aprobada inicialmente por el Pleno el 24 de junio de 2025, se declararon siete plazas de agentes vacantes, a las que se suman tres plazas más que quedan libres por el nombramiento como oficiales de otros tres agentes.
El resultado es que el municipio dispone únicamente de ocho agentes activos para cubrir los servicios ordinarios y extraordinarios de seguridad y orden público, lo que obliga a regular el esfuerzo de los efectivos actuales para mantener los niveles esenciales de servicio.
Una bolsa de horas voluntaria
El reglamento crea una bolsa de horas anuales a la que pueden adherirse voluntariamente los agentes, con dos modalidades de dedicación:
- Dedicación A: 96 horas anuales fuera de la jornada ordinaria.
- Dedicación B: 136 horas anuales fuera de la jornada ordinaria.
La incorporación es voluntaria y debe manifestarse por escrito antes del 31 de diciembre de cada año. Una vez confirmada, las horas demandadas deben realizarse obligatoriamente, sin excepción por circunstancias personales, y su incumplimiento constituye causa de responsabilidad disciplinaria y de exclusión automática de la modalidad, con pérdida de la retribución vinculada.
Servicios cubiertos y retribución
Las horas estructurales atienden servicios extraordinarios de verano, Semana Santa, fines de semana y vísperas de fiestas, así como actividades culturales, sociales, festivas, deportivas o musicales y las necesidades derivadas de las festividades navideñas. Quedan excluidas las incapacidades temporales, vacaciones, permisos y licencias, que se consideran horas extras según convenio.
La dedicación se cuantifica al precio de la hora extra estructural (2,3 veces la hora ordinaria) fijado en acuerdo colectivo, se integra en el complemento específico y se percibe en 14 mensualidades. El complemento se devenga por la prolongación de la jornada: 1,84 horas de exceso semanal en la dedicación A y 2,61 horas en la dedicación B. Para 2026, al aprobarse el reglamento avanzado el año, las horas se adaptan proporcionalmente a los meses restantes y deben realizarse antes del 1 de enero de 2027.
Relevancia para el municipio
La norma, firmada por el alcalde Jesús Gullart Fernández el 14 de agosto de 2026, busca garantizar la cobertura de los servicios esenciales de seguridad en un municipio cuya capacidad operativa se ha reducido a la mitad. El reglamento deberá actualizarse cuando se cubra la plaza vacante de Subinspector, una vez finalizado el proceso selectivo, y contra el acuerdo cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria en el plazo de dos meses.
Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, núm. 160, 20 de agosto de 2026, págs. 38826-38829 (referencia oficial: CVE-2026-6604, expediente 2025/1956).