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BOP de Jaén · 15 Sep 2026 · 2 vistas

Santisteban aprueba la ordenanza de depuración de aguas residuales

Por FactBox Admin

Santisteban aprueba la ordenanza de depuración de aguas residuales

El Ayuntamiento de Santisteban del Puerto (Jaén) ha aprobado definitivamente la Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributaria por depuración de aguas residuales, que fija las nuevas tarifas que deberán abonar todos los abonados del municipio por este servicio. La norma queda publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, número 179, de 15 de septiembre de 2026, página 13687, con la referencia 2026/4095.

El acuerdo fue aprobado inicialmente por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el 26 de junio de 2026. Tras la publicación del acuerdo en el boletín oficial y el transcurso del plazo de exposición pública sin que se presentaran alegaciones, la ordenanza ha quedado definitivamente aprobada de conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local. El anuncio lo firma el alcalde, Antonio Javier López Vela, con fecha de 31 de agosto de 2026.

Naturaleza y obligados al pago

La ordenanza se fundamenta en los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y en el nuevo apartado 6 del artículo 20 del TRLHL, en la redacción dada por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. El servicio de depuración de aguas excretas, pluviales, negras y residuales es de recepción obligatoria para los sujetos afectados.

Son obligados al pago las personas físicas o jurídicas ocupantes o usuarios de las fincas del término municipal, cualquiera que sea su título: propietarios, usufructuarios, habitacionistas o arrendatarios, incluso en precario. En todo caso, se considera obligado al pago el titular del contrato de suministro de agua y el propietario del inmueble. Quedan exentas las viviendas o fincas no destinadas a vivienda que, pese a tener suministro contratado, no puedan conectarse técnicamente a la red general de alcantarillado.

Tarifas del servicio

El importe de la prestación es el resultado de la suma de una cuota de servicio y una cuota de consumo, con independencia del caudal vertido:

  • Cuota fija o de servicio: 4,80 €/abonado/trimestre.
  • Uso doméstico: 1º bloque, hasta 20 m³/trimestre, 0,35 €/m³; 2º bloque, de 20 a 30 m³, 0,70 €/m³; 3º bloque, de 30 a 45 m³, 0,95 €/m³; 4º bloque, más de 45 m³, 1,25 €/m³.
  • Uso industrial y comercial: cuota única de 1,00 €/m³.
  • Otros usos: cuota única de 1,20 €/m³.
  • Centros oficiales: cuota única de 1,00 €/m³.
  • Bonificado por avería interior: 0,83 €/m³ (para uso doméstico se aplica al consumo del 4º bloque).

Sobre estos precios se aplicará, en su caso, el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Bonificaciones y gestión

Se establece una bonificación de las tarifas para las familias numerosas en su vivienda habitual: en la cuota variable o de consumo se aplicará la tarifa del 3º bloque al 4º bloque de consumo.

La obligación de pago nace cuando se inicia la prestación del servicio, que tiene carácter obligatorio para todas las fincas del municipio con fachada a calles, plazas o vías públicas donde exista alcantarillado. Las cuotas se liquidarán y recaudarán en los mismos períodos y plazos que los recibos de suministro de agua, en un solo recibo, y los impagados serán exigibles por la vía de apremio. El Ayuntamiento prestará el servicio mediante cualquiera de las formas previstas en la legislación vigente, incluyendo la encomienda de gestión a la Diputación Provincial de Jaén.

La ordenanza entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y permanecerá vigente hasta su modificación o derogación expresa. Contra el acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Jaén en el plazo de dos meses desde la publicación del anuncio.

La nueva regulación afecta a todos los abonados del municipio y supone un paso en la financiación del servicio de depuración, con un sistema tarifario por bloques de consumo que penaliza los consumos elevados y protege a las familias numerosas mediante bonificaciones en la vivienda habitual.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, número 179, de 15 de septiembre de 2026, Administración Local, pág. 13687 (referencia oficial: 2026/4095).