BOP de Jaén · 14 Sep 2026 · 1 vistas
Santiago de Calatrava aprueba la cesión gratuita de locales a asociaciones
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Santiago de Calatrava ha aprobado definitivamente la Ordenanza reguladora del uso de espacios públicos municipales, que establece el régimen de cesión gratuita de locales y dependencias municipales a favor de las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del municipio. La norma se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén número 178, de 14 de septiembre de 2026, con la referencia 2026/4084, y entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, el acuerdo plenario provisional quedó elevado automáticamente a definitivo, en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. El anuncio aparece firmado por el alcalde en funciones, Pablo José Ruz Olivan, con fecha 28 de agosto de 2026.
Una norma para el tejido asociativo
La ordenanza responde a la creciente demanda de locales municipales por parte de las asociaciones, tanto para disponer de una sede social estable como para la realización de actuaciones puntuales. El texto se apoya en la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y en la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, y se dicta en ejercicio de la potestad reglamentaria prevista en el artículo 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Podrán ser beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas, inscritas en el registro de asociaciones y con domicilio social en Santiago de Calatrava, que estén al corriente de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. La cesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva mediante convocatoria pública, con una duración de entre 2 y 4 años, prorrogable por otros dos, y sin contraprestación de canon ni renta.
Criterios de adjudicación y baremación
Para acceder a un local, las entidades deberán obtener una puntuación mínima de 48 puntos, según los siguientes criterios:
- Necesidad del local: 25 puntos.
- Proyectos de actividades abiertas a la ciudadanía: 25 puntos.
- Idoneidad del local para los usos previstos: 15 puntos.
- Proyectos de uso compartido entre dos o más entidades: 15 puntos.
- Trayectoria de la entidad: 10 puntos.
- Representatividad (número de asociados): 10 puntos.
- Valor social y calidad técnica del proyecto: 20 puntos.
Como regla general, la puesta a disposición se producirá en régimen de uso compartido entre varias entidades, salvo que concurran circunstancias de interés público que justifiquen el uso exclusivo. Se priorizará la cesión a entidades que favorezcan la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal.
Obligaciones, sanciones y extinción
Las entidades beneficiarias deberán conservar los locales, abonar los suministros de agua, luz, gas y limpieza, y contratar una póliza de seguro con una cobertura de 100.000 euros por siniestro. El régimen sancionador distingue tres grados de infracción:
- Infracciones leves: multas de 100 a 500 euros.
- Infracciones graves: multas de 501 a 1.000 euros.
- Infracciones muy graves: multas de 1.001 a 1.800 euros.
La cesión podrá extinguirse por revocación, renuncia, disolución de la entidad o falta de uso del local durante más de tres meses, entre otras causas. Las entidades que ya utilizaban locales municipales deberán presentar su solicitud de cesión en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de la ordenanza.
La aprobación de esta norma supone un paso clave para consolidar el tejido asociativo de Santiago de Calatrava, al dotar de seguridad jurídica y de un procedimiento transparente y gratuito al acceso de las asociaciones a los espacios municipales, favoreciendo la participación ciudadana y el desarrollo de actividades culturales, educativas y sociales en el municipio.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, número 178, 14 de septiembre de 2026, Administración Local, pág. 13582 (referencia oficial: 2026/4084).