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BOP de A Coruña · 12 Aug 2026 · 12 vistas

Santiago anula por fallo informático el anuncio de subvenciones a las asociaciones culturales.

Por FactBox Admin

O Ayuntamiento de Santiago de Compostela declaró sin efecto el anuncio de apertura de plazo de la convocatoria de subvenciones para asociaciones culturales 2026 que se había publicado por error en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña (BOP) del 4 de agosto. La decisión se adoptó mediante resolución 2026/9783 de la concejala de Capital Cultural, de 6 de agosto de 2026, y se da a conocer mediante el anuncio 2026/5316 publicado en el BOP número 152, de 12 de agosto de 2026.

La convocatoria original, con código BDNS 903888, se publicó en el BOP el 12 de mayo de 2026 abriendo un plazo de 15 días naturales para la presentación de solicitudes, que ya ha concluido. El 4 de agosto, sin embargo, el anuncio volvió a aparecer en el boletín de manera íntegra y con el mismo número de referencia de la BDNS, haciendo figurar de forma errónea una nueva apertura de plazo.

Un fallo de automatización sin voluntad administrativa

El Ayuntamiento constató que la publicación de agosto respondió única y exclusivamente a una anomalía técnica y a un error en el proceso de automatización informática del envío de publicaciones desde la aplicación de subvenciones a la BDNS. Al tratarse de una reproducción mecánica automatizada, carece en absoluto de voluntad administrativa y no altera la firmeza de la resolución original de mayo.

La rectificación se apoya en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que faculta a las administraciones para corregir en cualquier momento los errores materiales, de hecho o aritméticos de sus actos.

Efectos de la rectificación

La resolución dispone, entre otras medidas:

  • Declarar sin efecto el anuncio erróneo del 4 de agosto, que carece de cualquier eficacia o validez jurídica y no genera derecho alguno para terceros.
  • Declarar la inadmisión a trámite y el archivo directo de todas las solicitudes presentadas o que se presenten al amparo del citado anuncio erróneo.
  • Mantener la plena validez, eficacia y firmeza del acuerdo dictado por la Junta de Gobierno Local en el procedimiento original derivado de la publicación del 12 de mayo de 2026.
  • Declarar la plena validez y eficacia de las solicitudes presentadas en tiempo y forma al amparo de la publicación original, que ya fueron objeto de tramitación y no se ven afectadas por la anomalía informática.

Competencia y publicación

La rectificación se basa en las competencias señaladas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, en el decreto de Alcaldía de 17 de junio de 2023 por el que se nombran las concejalías delegadas y en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 20 de junio de 2023 de delegación de competencias. Firma la resolución Míriam Louzao Fernández, concejala delegada de Capital Cultural, Turismo, Educación y Memoria histórica, con fecha de 9 de agosto de 2026.

Se ordenó la publicación de la resolución en el BOP y en la sede electrónica del ayuntamiento para general conocimiento, así como dar cuenta a la primera Junta de Gobierno Local que se celebre. Contra este acto de mera rectificación de errores materiales no cabe la interposición de recurso administrativo alguno.

La noticia tiene impacto directo sobre las entidades culturales que pudieran confundirse con el plazo: las que presentasen solicitudes al amparo del anuncio erróneo de agosto verán inadmitidas y archivadas, mientras que las que lo hicieron en tiempo y forma tras la publicación del 12 de mayo mantienen intacta su situación en el procedimiento.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña, nº 152, 12 de agosto de 2026, sección Administración Local (Ayuntamiento de Santiago de Compostela) (referencia oficial: anuncio 2026/5316).