FactBox.

Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 30 Sep 2026 · 16 vistas

Sant Vicenç dels Horts aprueba definitivamente la zona de bajas emisiones

Por FactBox Admin

Sant Vicenç dels Horts aprova definitivament la zona de baixes emissions

El Pleno del Ayuntamiento de Sant Vicenç dels Horts ha aprobado definitivamente la ordenanza municipal que regula la restricción del acceso y la circulación de determinados vehículos en la ciudad para preservar y mejorar la calidad del aire. El texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona del 30 de septiembre de 2026, con la referencia oficial CVE 202610144979 y firma del alcalde Miguel Comino Haro. La norma crea la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Sant Vicenç dels Horts y prohíbe la circulación de los vehículos más contaminantes dentro de su ámbito.

La ordenanza recibió la aprobación inicial en la sesión ordinaria del Pleno del 21 de mayo de 2026 y se publicó en el Diari Ara el 6 de junio de 2026 y en el boletín provincial el 3 de junio de 2026, con rectificación el 11 de junio. Después de un plazo de exposición pública de treinta días sin ninguna reclamación ni alegación, el acuerdo quedó aprobado definitivamente el 24 de julio de 2026. El texto se estructura en cuatro capítulos, quince artículos, tres disposiciones transitorias, una disposición derogatoria, una disposición final única y cuatro anexos.

Restricción de lunes a viernes de 7.00 a 20.00 horas

La medida principal es la prohibición de circular por la ZBE a los vehículos definidos como más contaminantes, es decir, los incluidos en las categorías L, M o N que no tengan asignada ninguna etiqueta ambiental. La restricción se aplica todos los días laborables, de lunes a viernes, en horario de 7.00 a 20.00 horas.

El ámbito territorial abarca la parte de la ZBE metropolitana incluida en el término municipal, según la delimitación geográfica y temporal del anexo 1. La norma se despliega para dar cobertura a la medida del Programa metropolitano de medidas contra la contaminación atmosférica y en coordinación con la Generalitat de Catalunya y el Área Metropolitana de Barcelona (AMB).

El marco legal invocado incluye:

  • El artículo 14 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.
  • El Decreto 132/2024, de 30 de julio, que aprueba el Plan de calidad del aire horizonte 2027.
  • El Decreto 226/2006, de 23 de mayo, que declara Sant Vicenç dels Horts zona de protección especial del ambiente atmosférico por NO2 y PM10.
  • El Real decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre, sobre tráfico, circulación de vehículos de motor y seguridad vial.

Exenciones, autorizaciones y control automático

Quedan exentos de la restricción los vehículos de transporte de personas con movilidad reducida, los de servicios de emergencia y esenciales, los destinados al transporte de personas con enfermedades o discapacidades que condicionen el uso del transporte público y los de matrícula extranjera con requisitos tecnológicos equivalentes a las etiquetas ambientales. Para disfrutar de ello, es necesario inscribir el vehículo en el Registro metropolitano de vehículos extranjeros y otros vehículos autorizados en las zonas de bajas emisiones.

También se pueden obtener autorizaciones de acceso y circulación, con una vigencia de un año renovable, para:

  • Vehículos que accedan esporádicamente a la ZBE, con un máximo de 24 autorizaciones diarias anuales.
  • Vehículos singulares por criterios de utilización, como grúas, cisternas, hormigoneras o vehículos de ferias.
  • Titulares a quienes les falten como máximo cinco años de cotización para la jubilación.
  • Unidades familiares con ingresos inferiores a dos veces el IPREM, incrementado según el número de miembros.
  • Vehículos destinados a actividad agrícola o ganadera con DUN vigente.

El control del cumplimiento se hace automáticamente mediante lectura de matrículas y la plataforma tecnológica del AMB, sin perjuicio de las facultades de la Policía Local. La ZBE se debe señalizar de manera clara en los puntos de acceso con la señalización habilitada por la Dirección General de Tráfico (DGT).

Sanciones de 200 euros y moratoria para los residentes

No respetar las restricciones de circulación derivadas de la ZBE es una infracción grave, sancionada con una multa de 200 euros, que puede incrementarse un 30 por ciento en caso de reincidencia dentro de un año. Los ingresos obtenidos se destinarán a financiar actuaciones de movilidad sostenible.

El régimen sancionador entra en vigor el 30 de diciembre de 2026 para los vehículos de las categorías N1, N2, N3, M1, M2, M3 y L. Para garantizar una transición justa, sin embargo, no se aplicará hasta el 1 de enero de 2030 a los vehículos dados de alta en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica del municipio y cuyos titulares estuviesen empadronados antes de la aprobación definitiva de la ordenanza.

La ordenanza entra en vigor al día siguiente de la publicación del texto íntegro en el boletín provincial, sin perjuicio de la reseña en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. La norma afecta a todos los conductores que circulen por el municipio y convierte a Sant Vicenç dels Horts en uno de los municipios metropolitanos que despliegan la ZBE con un periodo transitorio para los residentes.


Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, núm. 3994389, 30 de setembre de 2026, Administració local, pàg. 1-26 (referència oficial: CVE 202610144979).