FactBox.

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 15 Aug 2026 · 5 vistas

Sanidad y Metta Hospice firman convenio de acompañamiento a pacientes terminales

Por FactBox Admin

La Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad y del Servicio Madrileño de Salud, y la Fundación Metta-Hospice han suscrito un convenio para mejorar la calidad de vida de los pacientes ingresados en situación final de vida mediante el acompañamiento de voluntarios en los centros sanitarios públicos. El acuerdo, firmado el 10 de julio de 2026, se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) número 194, de 15 de agosto de 2026, en la sección de anuncios de la Consejería de Sanidad (referencia BOCM-20260815-11).

El texto formaliza una práctica habitual de colaboración del voluntariado con los hospitales y se apoya en el principio de humanización de la organización sanitaria, recogido en el artículo 2.3.l) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid. Firman el convenio la consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa; la viceconsejera de Sanidad y directora general del Servicio Madrileño de Salud, Laura Gutiérrez Barreno; y el presidente de la Fundación Metta-Hospice, Vicente Arráez Jarque. La fundación, entidad privada, independiente y sin ánimo de lucro inscrita en el Registro de Fundaciones con el número 2223, será la encargada de formar a los voluntarios.

Un acompañamiento de presencia y escucha activa

El objeto del convenio es ofrecer apoyo emocional a pacientes y familiares o allegados mediante la presencia física y la escucha activa, con el fin de reducir la soledad no deseada, la ansiedad y el sufrimiento al final de la vida. Los voluntarios también podrán acompañar a los pacientes cuando sus familiares no puedan permanecer con ellos de forma continuada, permitiéndoles descansar, hacer gestiones o dedicarse a su autocuidado.

El ámbito se concreta, por ahora, en los centros del Servicio Madrileño de Salud relacionados en el anexo I, encabezado por el Hospital General Universitario Gregorio Marañón, y podrá ampliarse o reducirse por voluntad de las partes. Entre los compromisos que asume la Fundación destacan:

  • Realizar una formación inicial de calidad y una formación continuada del voluntariado durante su actuación.
  • Tener suscrita una póliza de seguros de accidentes y de responsabilidad civil que cubra los daños producidos en el ejercicio de las actuaciones.
  • Proveer a cada voluntario de una tarjeta identificativa personal e intransferible y de vestuario identificativo.
  • Presentar ante la comisión de seguimiento, antes del 15 de mayo de cada año, una memoria anual de las actividades desarrolladas y su coste.
  • Respetar la intimidad, la confidencialidad y la decisión de pacientes y familiares de aceptar o no las actividades.

Cuatro años de vigencia sin coste para el erario

El convenio tiene una vigencia de cuatro años desde su perfección —la firma por el último de los firmantes el 10 de julio de 2026— y podrá prorrogarse por periodos que en total no superen otros cuatro años. Su ejecución no generará obligaciones económicas para la Comunidad de Madrid ni para el Servicio Madrileño de Salud: la Fundación asume los recursos de los programas, con un importe estimado de 7.300 euros por hospital y año, IVA incluido.

Para el seguimiento se crea una comisión mixta con un representante de cada parte, presidida por el órgano competente en materia de humanización de la asistencia sanitaria de la Consejería de Sanidad. Se constituirá en el primer mes desde la firma y se reunirá con carácter ordinario en diciembre y en mayo de cada año.

Garantías jurídicas y protección de los pacientes

La actividad de los voluntarios se ajusta a la Ley 1/2015, de 24 de febrero, del Voluntariado en la Comunidad de Madrid, y es complementaria a la labor de los profesionales sanitarios, a los que en ningún caso sustituye. El acuerdo incorpora además salvaguardas específicas:

  • Protección del menor: la Fundación deberá acreditar que sus voluntarios que traten con pacientes menores carecen de condenas por delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, mediante certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos, conforme a la Ley Orgánica 8/2021.
  • Protección de datos: el Servicio Madrileño de Salud actúa como responsable y la Fundación Metta-Hospice como encargada del tratamiento, según el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, con un compromiso de confidencialidad de carácter indefinido.
  • El convenio tiene naturaleza administrativa y queda excluido de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.

El acuerdo convierte en un marco estable y reglado una colaboración que hasta ahora dependía de la buena disposición de las entidades y sitúa el acompañamiento al final de la vida como parte de la atención sanitaria pública. Para pacientes y familias supone una red de apoyo que reduce la soledad y el sufrimiento en el último tramo de la vida, con la posibilidad de extenderla a más centros del Servicio Madrileño de Salud.


Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 194, 15 de agosto de 2026, sección I. Comunidad de Madrid, D) Anuncios — Consejería de Sanidad, págs. 96-114 (referencia oficial: BOCM-20260815-11).

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-08-15