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Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 08 Oct 2026 · 28 vistas

Sanidad notifica a una empresa de Azuqueca la propuesta de sanción C19-36-2026

Por FactBox Admin

Sanidad notifica a una empresa de Azuqueca la propuesta de sanción C19-36-2026

La Delegación Provincial de Sanidad de Guadalajara ha dado publicidad a la propuesta de resolución del expediente sancionador C19-36-2026, tramitado por infracción en materia de salud pública contra una empresa de Azuqueca de Henares. La notificación, firmada el 1 de octubre de 2026 por la delegada provincial María del Pilar Cuevas Henche, se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) número 194, de 8 de octubre de 2026, con la referencia oficial 2026/7197. La empresa afectada dispone de diez días hábiles para formular alegaciones.

El anuncio se emite al amparo de los artículos 42.2, 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Según el texto oficial, la notificación se intentó en el último domicilio conocido sin que pudiera practicarse, por lo que se acude a la publicidad mediante inserción en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el DOCM. El expediente lo tramita la Delegación Provincial de Sanidad de Guadalajara, dependiente de la Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

La resolución publicada es una propuesta, no una resolución definitiva: el procedimiento sigue abierto y el acto administrativo aún no pone fin a la vía administrativa. El documento no identifica a la empresa por su razón social, sino únicamente por su CIF/NIF y su localidad.

Datos del expediente

  • Número de expediente: C19-36-2026.
  • Tipo de notificación: propuesta de resolución.
  • CIF/NIF de la interesada: 03233226R.
  • Localidad: Azuqueca de Henares (provincia de Guadalajara).
  • Órgano instructor: Delegación Provincial de Sanidad de Guadalajara.
  • Fecha de la notificación: 1 de octubre de 2026.
  • Publicación: DOCM número 194, de 8 de octubre de 2026, página 34922, sección III (Otras Disposiciones y Actos).

Plazo y forma de alegar

La interesada dispone de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la notificación para aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones estime convenientes. Transcurrido ese plazo sin comparecer, se entenderá notificada y el acto surtirá los efectos oportunos.

El acceso al contenido íntegro del expediente se realiza en las oficinas de la Delegación Provincial de la Consejería de Sanidad de Guadalajara (Asesoría Jurídica), situadas en el Paseo del Doctor Fernández Iparraguirre, número 1, 19071 Guadalajara, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes laborables.

Antecedentes de la tramitación

El expediente C19-36-2026 no es nuevo en el DOCM: su acuerdo de inicio ya se publicó el 21 de agosto de 2026, en el número 160 del boletín, con la referencia oficial 2026/6150. En aquel anuncio, firmado el 14 de agosto de 2026 por la misma delegada provincial, el expediente aparecía junto a otro, el C19-35-2026, correspondiente a una empresa de Alcalá de Guadaira identificada con el CIF B91690842.

Ambas notificaciones responden al mismo patrón: intento fallido de comunicación personal y publicación en el BOE y el DOCM para garantizar que la empresa conozca el estado de su expediente. Entre el acuerdo de inicio de agosto y la propuesta de resolución de octubre transcurren menos de dos meses, un ritmo que sitúa el procedimiento en su fase final de instrucción.

Qué implica para la empresa

La propuesta de resolución abre la última oportunidad de defensa antes de que la Consejería de Sanidad dicte el acto definitivo. Si la empresa no presenta alegaciones en el plazo indicado, la propuesta podrá elevarse a resolución y dar lugar a la sanción correspondiente por la infracción en materia de salud pública que se le imputa.

El caso ilustra el funcionamiento habitual de la potestad sancionadora sanitaria en Castilla-La Mancha: cuando la notificación personal fracasa, la administración recurre a la publicación oficial, lo que convierte al DOCM en el cauce efectivo por el que las empresas afectadas conocen los plazos que condicionan su defensa.


Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), núm. 194, 8 de octubre de 2026, sección III, pág. 34922 (referencia oficial: 2026/7197).