FactBox.

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · 29 Sep 2026 · 11 vistas

Sanidad convoca la integración voluntaria de médicos de cuidados paliativos

Por FactBox Admin

Sanidad convoca la integración voluntaria de médicos de cuidados paliativos

La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha convocado el proceso de integración voluntaria en la nueva categoría estatutaria de Médico/a de Cuidados Paliativos del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS). La convocatoria se aprueba mediante la Orden 988/2026, de 16 de septiembre, de la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa, y se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 232, de 29 de septiembre de 2026 (referencia oficial BOCM-20260929-5). La norma afecta a los facultativos que ya vienen desempeñando esas funciones en las instituciones sanitarias madrileñas.

La orden se dicta al amparo de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, cuya nueva redacción por el artículo treinta y ocho de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, creó en el SERMAS nuevas categorías de personal estatutario, entre ellas la de Médico/a de Cuidados Paliativos. El desarrollo se enmarca en el Decreto 8/2007, de 1 de febrero, que regula el proceso voluntario de integración en el régimen estatutario, y fue negociado previamente en la Mesa Sectorial de Sanidad en las reuniones del 18 de diciembre de 2025 y del 28 de enero de 2026.

Ámbito de aplicación y requisitos

La convocatoria se dirige al personal facultativo especialista y al personal médico de ESAD con régimen jurídico de personal estatutario fijo y vínculo en las instituciones sanitarias adscritas al SERMAS. Quedan excluidos el personal de otras administraciones públicas que ocupe puestos directivos o en comisión de servicio, el personal directivo con contrato de alta dirección y el personal laboral propio de otros centros y organizaciones vinculados al SERMAS.

Los aspirantes deberán cumplir, en la fecha de finalización del plazo de instancias, los siguientes requisitos:

  • Estar en posesión de un nombramiento como personal estatutario fijo de la Comunidad de Madrid en una categoría o Cuerpo del mismo grupo, equivalente a Facultativo Especialista de Área (Grupo A1).
  • Haber desempeñado las funciones asistenciales de la categoría durante cuatro años dentro de los diez años anteriores, con desempeño positivo acreditado por la gerencia correspondiente.
  • Estar en situación de servicio activo en alguna de las unidades incluidas en la convocatoria, con las salvedades previstas para situaciones con reserva de puesto, servicios especiales y determinadas excedencias.
  • Disponer de cualquier título de médico especialista en Ciencias de la Salud o de la certificación prevista en el artículo 3 del Real Decreto 853/1993, de 4 de junio.

Unidades acreditables y titulación específica

Las funciones asistenciales deben haberse prestado en alguno de los equipos y unidades específicos de cuidados paliativos de la Comunidad de Madrid, o en unidades equivalentes de otras comunidades autónomas:

  • Equipos de Soporte de Atención Paliativa Domiciliaria (ESAPD).
  • Equipos de Soporte Paliativo Hospitalario (ESPH).
  • Unidades de Cuidados Paliativos Agudos (UCPA).
  • Unidades de Cuidados Paliativos de Media Estancia (UCPME).
  • Unidad de atención continuada Pal24.
  • Unidad de Atención Integral Paliativa Pediátrica, en el caso de los pediatras de cuidados paliativos.

Quienes hayan prestado servicios a tiempo parcial deberán acreditar una prestación equivalente a cuatro años. El Diploma de Acreditación en el Área Funcional de Cuidados Paliativos (DAP), regulado por la Orden SND/1427/2023, de 26 de diciembre, exime de aportar el certificado de funciones. La integración se efectúa conforme a la tabla de homologación del Anexo I, que encuadra en la nueva categoría a facultativos especialistas, médicos de ESAD y médicos de urgencia hospitalaria.

Plazos, procedimiento y efectos

Las solicitudes, según el modelo del Anexo II, se presentarán en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través de sede.comunidad.madrid en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la orden, esto es, hasta el 29 de octubre de 2026. Si la solicitud no reúne los requisitos, el interesado dispondrá de diez días hábiles para subsanar.

La Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS publicará la relación provisional de admitidos y excluidos, con treinta días naturales para alegaciones y para presentar la renuncia a la integración. El procedimiento concluirá con la relación definitiva aprobada por orden de la Consejera de Sanidad y publicada en el BOCM, tras lo cual se expedirá el nombramiento como personal estatutario fijo.

La orden surte efectos desde el día siguiente al de su publicación, mientras que los efectos jurídicos y económicos de la integración se fijan desde la resolución definitiva, conforme al artículo 6 del Decreto 8/2007. El personal integrado quedará en su categoría de origen en excedencia por prestar servicios en el sector público (artículo 66 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre), y quien no se integre conservará su puesto y funciones, con declaración a extinguir de su plaza. Contra la orden cabe recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Sanidad en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo en dos meses.

La convocatoria consolida en el SERMAS una categoría propia para la medicina paliativa y ofrece una vía de estabilidad y reconocimiento profesional a los facultativos que atienden a pacientes con enfermedad avanzada, tanto en hospital como en domicilio y centros sociosanitarios. El proceso también ordena las plantillas de los equipos de soporte y unidades de paliativos de la región, con efectos directos sobre la organización de la atención al final de la vida en Madrid.


Fuente: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, núm. 232, de 29 de septiembre de 2026, sección I.B Autoridades y Personal, págs. 21-28 (referencia oficial: BOCM-20260929-5; expediente 03/15.199/26).

Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid · Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 2026-09-29