Diari Oficial de la Generalitat Valenciana · 14 Sep 2026 · 4 vistas
Sanidad admite el botiquín permanente de Benifato tras el cierre de su única farmacia
Por FactBox Admin

La Dirección General de Farmacia de la Conselleria de Sanidad ha admitido a trámite la solicitud formulada por el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Benifato (Alicante) para la autorización de un botiquín permanente en el municipio. La decisión, adoptada mediante Resolución de 31 de agosto de 2026, se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) número 10450, de 14 de septiembre de 2026, con referencia oficial DOGV-C-2026-28071.
La medida responde al cierre de la única oficina de farmacia existente en el municipio, solicitado por la farmacéutica titular de la misma. Benifato, un pequeño núcleo de la comarca de la Marina Baixa, cuenta con 162 habitantes censados, una cifra que justifica la necesidad de garantizar el acceso a los medicamentos en el municipio.
Un botiquín para garantizar el acceso a los medicamentos
La resolución se ampara en el artículo 1 de la Orden de 1 de junio de 2000, de la Conselleria de Sanidad, por la que se regulan los botiquines farmacéuticos de la Comunitat Valenciana, y en lo establecido en su artículo 6. El botiquín se instalará en un local que el Ayuntamiento ofrece en alquiler en la calle del Horno, 1, con las siguientes condiciones:
- Importe mensual del alquiler del local: 50,00 euros.
- Los costes de suministros públicos (agua, luz y tasas aplicables) correrán íntegramente a cargo del Ayuntamiento, incluidos en la cuota mensual.
- Mínimo de 10 horas semanales de atención al público, preferentemente durante el horario de consulta médica.
Plazo y condiciones para la adjudicación
Los farmacéuticos titulares de oficina de farmacia abierta al público en la misma zona farmacéutica (zona 18 de la provincia de Alicante) u otras colindantes interesados en la adjudicación del botiquín deberán presentar su instancia en el plazo máximo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de la resolución. La solicitud debe ajustarse al modelo del anexo de la Orden de 1 de junio de 2000 e incluir la documentación prevista en su artículo 6.2, así como la acreditación de la distancia entre las oficinas de farmacia y el local propuesto y, en su caso, la acreditación de farmacia de viabilidad económica comprometida.
La vinculación del botiquín se realizará conforme al artículo 34 de la Ley 6/1998, de 22 de junio, de ordenación farmacéutica de la Comunitat Valenciana, modificado por la Ley 1/2025, de 15 de abril, de medidas extraordinarias en materia de personal del Sistema Valenciano de Salud. Las solicitudes podrán presentarse telemáticamente ante el Registro General de la Conselleria de Sanitat (c/ Micer Mascó, 31, de València) o por cualquiera de las vías del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común.
Una respuesta a la despoblación sanitaria
La resolución, firmada por la directora general de Farmacia, Elena Gras Colomer, supone un paso para evitar que los vecinos de Benifato queden sin acceso a medicamentos tras el cierre de su única farmacia. En un municipio de apenas 162 habitantes, la instalación de un botiquín permanente garantiza la dispensación básica de fármacos y refuerza la atención sanitaria en el medio rural valenciano, un problema recurrente en las zonas de baja densidad de población.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, núm. 10450, 14 de septiembre de 2026, sección III (C) Otros asuntos (referencia oficial: DOGV-C-2026-28071).