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Diario Oficial de Castilla-La Mancha · 30 Sep 2026 · 19 vistas

Salud Pública reparte gratis la vacuna antigripal a asegurados ajenos al SESCAM

Por FactBox Admin

Salud Pública reparte gratis la vacuna antigripal a asegurados ajenos al SESCAM

La Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de Castilla-La Mancha distribuirá gratuitamente dosis de vacuna frente a la gripe a las personas con un aseguramiento sanitario distinto al del SESCAM durante la campaña 2026-2027. Así lo establece la Resolución de 18/09/2026, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) núm. 188, de 30 de septiembre de 2026, sección III, págs. 33302-33305, con referencia oficial 2026/6925. El texto lo firma el director general de Salud Pública, Joaquín Torres Moreno, en Toledo el 18 de septiembre de 2026.

La medida se apoya en las funciones de promoción de la salud y prevención de la enfermedad de los artículos 26 y 27 de la Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha, y del artículo 19 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública. La Consejería ha adquirido las vacunas mediante concurso público para inmunizar a distintos grupos poblacionales según su riesgo, con independencia del tipo de aseguramiento. El objetivo declarado es reducir la mortalidad y morbilidad asociada a la gripe y su impacto en la comunidad, protegiendo tanto a quienes tienen mayor riesgo de complicaciones como a quienes pueden transmitir el virus a personas vulnerables.

Distribución gratuita y puntos de entrega

La resolución ordena distribuir gratuitamente las dosis para su administración a personas con aseguramiento distinto al del Sistema Sanitario de Castilla-La Mancha. La entrega se realizará en:

  • Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Sanidad de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo.
  • El Instituto de Ciencias de la Salud (ICS) de Talavera de la Reina.

Los centros que reciban las vacunas no podrán repercutir su coste ni al paciente ni a las mutualidades o compañías para las que presten servicio; únicamente podrán requerir el coste del acto sanitario de administración.

Grupos diana de la campaña

El programa prioriza a la población con mayor riesgo de complicaciones o cuadros graves:

  • Personas de 60 años o más.
  • Toda la población infantil entre 6 meses y 7 años de edad incluidos.
  • Personas de 8 a 59 años con condiciones de riesgo, entre ellas diabetes mellitus y síndrome de Cushing, obesidad mórbida, enfermedades crónicas cardiovasculares, neurológicas o respiratorias, enfermedad renal crónica, inmunosupresión, cáncer, enfermedad celíaca, síndrome de Down y demencias, o personas fumadoras.
  • Embarazadas en cualquier trimestre, con administración preferente durante la gestación y posibilidad de vacunarse en el puerperio hasta los 6 meses tras el parto.
  • Personas de 8 a 18 años en tratamiento prolongado con ácido acetilsalicílico, por el riesgo de síndrome de Reye.

También se incluye al personal de centros y establecimientos sanitarios y sociosanitarios públicos y privados, a los servicios públicos esenciales —fuerzas y cuerpos de seguridad, bomberos y protección civil—, a cuidadores y convivientes de personas de alto riesgo, al personal de guarderías y centros de educación infantil hasta los 6 años y a quienes tienen exposición laboral directa a animales o sus secreciones en granjas y explotaciones avícolas, porcinas o de visones.

Obligaciones de los centros y control de la campaña

Los centros, servicios o establecimientos sanitarios y sociosanitarios ubicados en la comunidad deberán comprometerse por escrito al cumplimiento del programa mediante el modelo del anexo I antes de recibir las vacunas. Además, tendrán que:

  • Efectuar semanalmente una declaración numérica de las dosis administradas por grupo de riesgo, con el modelo del anexo II, remitida por correo electrónico a la Delegación Provincial de Sanidad o al ICS.
  • Registrar el acto vacunal en la historia clínica y declarar los efectos adversos a través del sistema de farmacovigilancia.
  • Disponer de infraestructura que garantice el almacenamiento y la administración manteniendo la cadena de frío.

La primera semana de la campaña abarcará desde la publicación de la resolución hasta el domingo 4 de octubre, y las siguientes se computarán de lunes a domingo, sin acumular dosis de varias semanas en un mismo registro. La Dirección General de Salud Pública podrá realizar inspecciones o auditorías en cualquier momento, y el incumplimiento podrá acarrear responsabilidad económica por las vacunas suministradas y constituir infracción sanitaria conforme a los artículos 37.b) y g) de la Ley 8/2000. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante el consejero de Sanidad en el plazo de un mes.

La campaña amplía el acceso a la inmunización a un colectivo que hasta ahora dependía de su mutualidad o compañía, y refuerza la vigilancia sobre el uso de las dosis mediante declaraciones semanales y auditorías. Para los lectores con aseguramiento ajeno al SESCAM, la resolución abre la vía para vacunarse gratuitamente en los centros adheridos al programa durante los próximos meses.


Fuente: Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), núm. 188, de 30 de septiembre de 2026, sección III, págs. 33302-33305 (referencia oficial: 2026/6925).