Registro Oficial del Ecuador · 10 Sep 2026 · 3 vistas
Riobamba aprueba nueva ordenanza de gestión integral del riesgo de desastres
Por FactBox Admin

El Concejo Municipal de Riobamba aprobó la Ordenanza 021-2026, que regula la gestión integral del riesgo de desastres (GIRD) y sustituye el Libro IV de la Ordenanza No. 016-2023 (Código Urbano). La norma fue sancionada por el alcalde Arq. John Henry Vinueza Salinas el 30 de agosto de 2026 y publicada en la Edición Especial Nº 1630 del Registro Oficial del Ecuador, de 10 de septiembre de 2026.
La ordenanza responde a la alta exposición del cantón a amenazas naturales: entre 2010 y abril de 2026 se registraron 1.046 eventos peligrosos en Riobamba. El texto deroga expresamente los artículos 679 a 729 del Código Urbano y migra hacia los siete procesos de la GIRD, en línea con la Ley Orgánica para la Gestión Integral del Riesgo de Desastres (LOGIRD), expedida en 2023, y con el Plan de Uso y Gestión de Suelo (PUGS 2025).
Un modelo cantonal de gestión de riesgos
La norma crea el Modelo Cantonal de Gestión Integral del Riesgo de Desastres, de aplicación obligatoria en todo el territorio, y lo articula a través de un sistema local que integra a entidades públicas, privadas y comunitarias. La Jefatura de Gestión Integral de Riesgos se constituye como el órgano técnico responsable de la formulación de políticas, planificación y control.
El sistema se organiza en torno a varias instancias de coordinación:
- El Comité Territorial para la GIRD (CTGIRD), presidido por el alcalde o alcaldesa.
- Seis Mesas Técnicas permanentes de asesoría y ejecución técnica.
- El Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Cantonal y el Comité Cantonal de Recuperación.
- Los Comités Comunitarios de Gestión de Riesgos (CCGR), reconocidos como unidad básica de participación ciudadana.
- La Comisión de Articulación Comunitaria y Corresponsabilidad (CACC).
Financiamiento y obligaciones
Para garantizar la ejecución de la política, el GAD Municipal de Riobamba destinará el 1,5% del presupuesto de ingresos corrientes por cobro de tasas e impuestos a un fondo específico de resiliencia cantonal. Además, se fijan tasas por servicios técnicos de gestión de riesgos, calculadas sobre el salario básico unificado (SBU):
- Informe de gestión de riesgos para uso de suelo restringido: 5,5%.
- Informe de gestión de riesgos de franjas de protección: 7%.
- Certificación de plan de contingencia de eventos de concentración masiva: 2,5%.
- Certificación de plan de contingencia de actividades económicas: 5,5%.
Toda empresa, industria u organización regulada deberá presentar e implementar un Plan de Gestión Integral de Riesgos, con vigencia de dos años, previo a la obtención de la Licencia Única Anual de Actividades Económicas. Las entidades públicas presentes en el cantón deberán contar con su propia unidad o responsable de riesgos y remitir un reporte anual a la Jefatura municipal.
Régimen sancionador
La ordenanza incorpora un régimen de infracciones y sanciones alineado a la LOGIRD y a la Ordenanza 010-2026 sobre procedimiento administrativo sancionador. Se sancionan con rigor conductas de alta peligrosidad, como edificar, fraccionar o habilitar suelo en zonas de riesgo no mitigable. Las personas jurídicas pueden ser sancionadas con multa de diez salarios básicos unificados y suspensión temporal de actividades por 30 días, y en caso de reincidencia se prevé la clausura definitiva.
La norma también establece plazos de implementación: el CTGIRD deberá instalar su sesión plenaria constitutiva dentro de los primeros 30 días de vigencia, y en 120 días se iniciará el censo y acreditación de los comités comunitarios existentes.
Fuente: Registro Oficial del Ecuador, Edición Especial Nº 1630, 10 de septiembre de 2026, sección Ordenanzas Municipales, pág. 47 (referencia oficial: Ordenanza 021-2026 del cantón Riobamba).