Butlletí Oficial de les Illes Balears · 22 Aug 2026 · 13 vistas
Revocadas subvenciones por desguace de vehículos contaminantes en Baleares
Por FactBox Admin

La Conselleria de Empresa, Autónomos y Energía del Gobierno de las Islas Baleares ha revocado una subvención concedida para el desguace de vehículos más contaminantes en el marco del impuesto sobre estancias turísticas, por incumplimiento de las bases de la convocatoria. La decisión, adoptada por resolución del consejero y firmada en Palma el 18 de agosto de 2026, se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) núm. 105 del 22 de agosto de 2026, en la Sección III, página 45816.
La resolución, identificada con el número 8469 y el expediente ITS2024-2025-068, revoca la concesión de la subvención, autoriza la disposición negativa del gasto y declara concluido el procedimiento con el archivo del expediente. El beneficiario deberá reintegrar el importe percibido.
Antecedentes de la convocatoria
La convocatoria pública de subvenciones para el desguace de vehículos más contaminantes se aprobó por resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía de 18 de julio de 2025 y se publicó en el BOIB núm. 96 de 22 de julio de 2025. La gestión correspondió a la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, que concedió las ayudas con cargo al impuesto sobre estancias turísticas y a las medidas de impulso del turismo sostenible.
Después del examen de la documentación justificativa, los técnicos de la Dirección General emitieron un informe desfavorable a la justificación del expediente. El 7 de abril de 2026 se publicó la propuesta de resolución provisional en el BOIB núm. 47 del 11 de abril de 2026, y se agotó el plazo para presentar alegaciones sin que se presentara ninguna.
El beneficiario y el motivo de la revocación
La subvención revocada corresponde a un único beneficiario, con los datos siguientes:
- Solicitante: Nicole Buge (NIF ***3208)
- Expediente: DESBALLESTA25-908/2025
- Importe de la subvención: 2.000,00 €
- Partida presupuestaria: 2026G/731A01/78000/00/19701/25064
- CONCE: 0000007122/2026
- Motivo: la baja del vehículo es anterior a la fecha de presentación de la solicitud, lo que incumple el apartado 4.2 de la convocatoria
La resolución se fundamenta en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba su Reglamento; el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares; y la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008.
Recursos y cierre
Contra la resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el conseller de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes, o bien un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses. La resolución fue firmada por delegación del conseller por el director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático, Diego Viu Domínguez, según la delegación publicada en el BOIB núm. 97 de 24 de julio de 2025.
La revocación pone de manifiesto el control que la Administración balear ejerce sobre las ayudas financiadas con el impuesto turístico, y recuerda a los beneficiarios que el cumplimiento de los requisitos temporales de la convocatoria es condición indispensable para mantener la subvención. Los importes reintegrados retornan a la partida presupuestaria destinada a las medidas de turismo sostenible.
Fuente: Butlletí Oficial de les Illes Balears, núm. 105, 22 de agosto de 2026, Sección III, pág. 45816 (referencia oficial: Resolución 8469 / expediente ITS2024-2025-068).