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BOE · 17 Aug 2026 · 8 vistas

Renault España garantiza reserva de puesto para trabajadores que cumplan servicio militar

Por FactBox Admin

Publicación del convenio en el Boletín Oficial del Estado

La Dirección General de Trabajo ha registrado y publicado el Convenio colectivo interprovincial de Renault España, SA, vigente desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2028. El acuerdo, suscrito el 18 de junio de 2026 entre la dirección de la compañía automovilística y las secciones sindicales de UGT y CCOO, fue resuelto por la Directora General de Trabajo, María Nieves González García, mediante Resolución de 30 de julio de 2026, y aparece en el BOE núm. 199, de 14 de agosto de 2026, Sección III, con la referencia oficial BOE-A-2026-17751.

Protección del puesto de trabajo durante el servicio militar

El convenio recoge expresamente, en su Artículo 29, apartado B, la regulación de las ausencias por cumplimiento del servicio militar y la prestación social sustitutoria. La norma establece que la persona trabajadora que se incorpore a filas con carácter oficial o voluntario tendrá reservado su puesto de trabajo durante todo el tiempo que permanezca cumpliendo el servicio militar, más dos meses adicionales. Todo el período se computa como antigüedad en la empresa.

Entre las garantías que se detallan:

  • Las personas trabajadoras en servicio militar tienen derecho a percibir las gratificaciones extraordinarias previstas en el convenio.
  • Los licenciados con permiso temporal superior a un mes podrán reintegrarse al trabajo, siempre que medie la oportuna autorización militar.
  • El tiempo trabajado durante ese permiso temporal computa a efectos de vacación complementaria por antigüedad.

Régimen de sustituciones y reincorporación

El texto establece que, cuando un empleado fijo ocupe la vacante temporal de un compañero en servicio militar, este último recuperará su puesto al regresar. Si la sustitución fue realizada por una persona ajena a la empresa, el empleado fijo que regresa cesará sin derecho a indemnización, siempre que se le haya notificado con al menos ocho días de antelación; en caso contrario, se le abonará la indemnización correspondiente.

La norma prevé asimismo que la no reincorporación del trabajador fijo dentro del plazo de reserva de su puesto dará lugar a la rescisión de su contrato de trabajo, sin perjuicio de los derechos adquiridos.

Un convenio integral para la plantilla de Renault

El acuerdo firmado entre Renault España, SA —cuya plantilla se distribuye entre centros de trabajo en Castilla y León, Andalucía y Madrid— contempla igualmente una jornada anual de 1.681,75 horas para el trienio 2026-2028, una reducción de 144 horas con respecto a la jornada legal máxima de 40 horas semanales, así como un extenso catálogo de licencias retribuidas, permisos para estudios, reducciones de jornada por formación profesional y un régimen de excedencias detallado.

El convenio entrará en vigor retroactivamente desde el 1 de enero de 2026 y mantendrá su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028, con prórroga tácita anual salvo denuncia por cualquiera de las partes con tres meses de antelación.

Relevancia para los derechos laborales

La inclusión de la cláusula de servicio militar en un convenio colectivo de una empresa de magnitud de Renault España refuerza la seguridad jurídica de los trabajadores que pudieran verse afectados por la prestación de servicio militar o la prestación social sustitutoria. Aunque España suspendió el servicio militar obligatorio en 2001, la normativa laboral sigue contemplando estas situaciones, y su regulación en el ámbito convencional brinda un marco claro tanto para la empresa como para los empleados.


Fuente: Boletín Oficial del Estado, núm. 199, 14 de agosto de 2026, Sección III (referencia oficial: BOE-A-2026-17751).