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Diario Oficial de la Federación · 19 Aug 2026 · 9 vistas

Prohibido contratar con Teleconstrucciones Marver por inhabilitación federal

Por FactBox Admin

El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este miércoles 19 de agosto de 2026 cuatro circulares de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno por las que se ordena a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las entidades federativas, municipios, entes públicos y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Teleconstrucciones Marver, S. de R.L. de C.V. La medida deriva de la inhabilitación temporal impuesta a la compañía por irregularidades en contrataciones con recursos federales.

Las circulares, firmadas por la titular del Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, lic. Irma Flores Cedillo, y fechadas en Ciudad de México el 13 de agosto de 2026, dan cumplimiento a las resoluciones dictadas el 3 de agosto de 2026 en cuatro expedientes de sanción. La empresa queda inhabilitada por tres (3) meses y quince (15) días para presentar propuestas o celebrar contratos, de manera directa o por interpósita persona, cuando se utilicen recursos federales.

Cuatro expedientes, cuatro materias

Las circulares se emiten en el marco de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, vigentes en la fecha de los hechos. Cada una corresponde a un procedimiento administrativo de sanción distinto:

  • Circular SABG/420/OICSICT/AR/473/2026, expediente SAN/0003/2025-SPR, en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios del sector público (pág. 22).
  • Circular SABG/420/OICSICT/AR/476/2026, expediente SAN/004/2025-SPR, en materia de obras públicas (pág. 24).
  • Circular SABG/420/OICSICT/AR/479/2026, expediente SAN/005/2025-SPR, en materia de obras públicas (pág. 25).
  • Circular SABG/420/OICSICT/AR/482/2026, expediente SAN/006/2025-SPR, en materia de obras públicas (pág. 27).

Alcance y vigencia de la prohibición

La prohibición rige a partir del día siguiente a la publicación en el DOF y al registro en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas de la Administración Pública Federal (ComprasMX), antes COMPRANET. Obliga a todos los sujetos obligados cuando las contrataciones se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal.

La inhabilitación subsistirá más allá del plazo si la empresa no paga la multa impuesta en el Resolutivo TERCERO de cada resolución. Para que se elimine su registro en ComprasMX, Teleconstrucciones Marver deberá acreditar ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno el documento probatorio del pago, sin que sea necesaria la publicación de un nuevo comunicado.

Contratos vigentes quedan fuera

Las circulares precisan que los contratos ya adjudicados o formalizados con la empresa no quedarán comprendidos en la aplicación de la medida, conforme a los artículos 112 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones y 270 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas. La sanción se sustenta en los artículos 14, 16 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la normativa de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

La medida supone un aviso directo a los proveedores del sector público: la inhabilitación de Teleconstrucciones Marver queda inscrita en el registro nacional de contrataciones, de modo que ninguna instancia federal, estatal o municipal podrá contratar con ella mientras dure la sanción. Para los lectores, es una señal del endurecimiento de los controles anticorrupción en la contratación pública mexicana y de la trazabilidad de las sanciones a través de la plataforma ComprasMX.


Fuente: Diario Oficial de la Federación, núm. 226/2026, miércoles 19 de agosto de 2026, sección Poder Ejecutivo, págs. 22, 24, 25 y 27 (referencias oficiales: circulares SABG/420/OICSICT/AR/473/2026, /476/2026, /479/2026 y /482/2026).