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Boletín Oficial de la República Argentina · 07 Aug 2026 · 5 vistas

PROGRESAR: la segunda convocatoria 2026 abre inscripción el 10 de agosto

Por FactBox Admin

La Secretaría de Educación del Ministerio de Capital Humano convocó la segunda inscripción de 2026 de las becas PROGRESAR, según lo publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina del 7 de agosto de 2026 mediante la Resolución 485/2026. La convocatoria habilita dos ventanas: del 10 de agosto al 4 de septiembre para la línea de finalización de la educación obligatoria, y del 18 de agosto al 11 de septiembre para las líneas de educación superior y enfermería. La medida, firmada el 5 de agosto por el secretario de Educación, Carlos Horacio Torrendell, cumple la obligación legal de abrir al menos dos convocatorias públicas y abiertas por año calendario.

El PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS fue creado para sostener las trayectorias educativas de los jóvenes en los niveles obligatorio, superior y de formación profesional. La Ley N° 27.726 fijó sus principios rectores y ordenó que las convocatorias se dispongan como mínimo en dos períodos del año, bajo la coordinación de la autoridad educativa nacional. Esta segunda inscripción complementa la apertura del ciclo dispuesta por la Resolución N° 172/2026 de la Secretaría de Educación, que también aprobó el reglamento general de cada línea de beca.

Dos ventanas de inscripción

El artículo 1° de la RESOL-2026-485-APN-SE#MCH fija los plazos de la segunda convocatoria del año:

  • Línea “Finalización de la educación obligatoria”: del 10 de agosto al 4 de septiembre de 2026.
  • Línea “Fomento de la educación superior”: del 18 de agosto al 11 de septiembre de 2026.
  • Línea “Progresar Enfermería”: del 18 de agosto al 11 de septiembre de 2026.

La convocatoria se rige por el reglamento general establecido en la resolución de apertura del ciclo 2026, que fija las condiciones de acceso y permanencia para cada línea.

Marco normativo

La decisión se apoya en una cadena normativa construida a lo largo de más de una década:

  • Decreto N° 84/2014: creó el PROGRAMA DE RESPALDO A ESTUDIANTES ARGENTINOS.
  • Decreto N° 90/2018: transfirió el programa desde la ANSES al entonces Ministerio de Educación.
  • Decreto N° 857/2021: amplió el alcance del programa y los requerimientos para acceder a él.
  • Ley N° 27.726: estableció los principios rectores y la obligación de al menos dos convocatorias anuales.
  • Resolución N° 172/2026: abrió la convocatoria 2026 y fijó el reglamento general de cada línea de beca.

El acto fue impulsado por la Subsecretaría de Políticas e Innovación Educativa y tramitado en el Expediente N° EX-2026-71557451- -APN-SSPIE#MCH, con la intervención de los servicios jurídicos del Ministerio de Capital Humano y de la Subsecretaría Legal.

Publicación

La resolución fue publicada en la primera sección del Boletín Oficial de la República Argentina el 7 de agosto de 2026, con entrada en vigencia inmediata. La firma corresponde a Carlos Horacio Torrendell, secretario de Educación del Ministerio de Capital Humano, en ejercicio de las facultades delegadas por el Decreto N° 50/2019.

Con esta segunda ventana, PROGRESAR vuelve a posicionarse como una herramienta central para miles de jóvenes y sus familias: quienes cursen el nivel obligatorio, carreras superiores o la formación en enfermería disponen ahora de plazos acotados para asegurar el acompañamiento económico del Estado durante el ciclo 2026. La publicación anticipada de las fechas permite planificar la inscripción y evitar quedar fuera de una de las políticas de becas de mayor alcance del país.


Fuente: Boletín Oficial de la República Argentina, primera sección, 7 de agosto de 2026 (referencia oficial: RESOL-2026-485-APN-SE#MCH, aviso N° 345664).