BOP de Cuenca · 26 Aug 2026 · 5 vistas
Priego aprueba el reglamento de su escuela infantil municipal
Por FactBox Admin

El Pleno del Ayuntamiento de Priego (Cuenca) aprobó inicialmente, mediante acuerdo de fecha 21 de agosto de 2026, el Reglamento de Funcionamiento de la Escuela Infantil Municipal de Priego. El texto queda sometido a información pública por un plazo de 30 días desde el día siguiente a su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, publicado el miércoles 26 de agosto de 2026 (número 98, páginas 54 a 66, anuncio número 2034).
La tramitación se ampara en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 56 del Texto Refundido de Régimen Local. Durante el periodo de exposición, cualquier persona interesada podrá examinar el documento en las dependencias municipales o en la sede electrónica del consistorio, y presentar las alegaciones que estime oportunas. Si no se registran reclamaciones, el acuerdo se entenderá definitivamente aprobado.
Un marco normativo para la educación de 0 a 3 años
El reglamento, que se inspira en la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, y en la Convención sobre los Derechos del Niño, persigue garantizar una prestación educativa de calidad basada en la equidad, la inclusión, la coeducación y la atención a la diversidad. Define los criterios de admisión, la organización pedagógica, los horarios, las normas de convivencia y las medidas de seguridad e higiene del centro.
La gestión del servicio podrá prestarse de forma indirecta mediante adjudicación a empresas externas, aunque el propio texto la considera “una posibilidad y no una regla de actuación”. En ese supuesto, el personal no tendría relación contractual con el Ayuntamiento de Priego, y las cuotas mensuales se fijarían conforme a la ordenanza fiscal correspondiente.
Admisión, horarios y criterios de prioridad
La escuela permanecerá abierta de lunes a viernes de 8:00 a 15:30, con servicio de septiembre a julio y suspensión en agosto, festivos nacionales, autonómicos de Castilla-La Mancha y locales, Semana Santa y Navidad. Los usuarios del servicio de bebeteca podrán trasladar su plaza a la escuela infantil, previa aceptación expresa en un plazo mínimo de tres días naturales.
Para la adjudicación de plazas se establecen criterios de prioridad que deben acreditarse documentalmente:
- Progenitores o representantes legales en activo laboralmente a la fecha de la solicitud, para favorecer la conciliación familiar y laboral.
- Ser o haber sido víctima de violencia de género o de trata de seres humanos en los últimos tres años.
- Que el menor sea hermano de un alumno inscrito en el Colegio Público o Instituto de Priego.
- En defecto de los anteriores, se celebrará un sorteo público, identificando las solicitudes por su número de registro para garantizar el anonimato.
Régimen sancionador para las familias
El capítulo quinto del reglamento tipifica las infracciones y sanciones aplicables a los usuarios del servicio, clasificadas en tres grados:
- Leves (retrasos puntuales en la recogida, no atender las comunicaciones del personal docente, agresiones o insultos entre menores): amonestación verbal o apercibimiento por escrito.
- Graves (acumulación de tres faltas leves, impago de una mensualidad, desconsideración hacia el personal o no comunicar enfermedades que puedan afectar a terceros): suspensión temporal del derecho a asistir al centro de 1 a 15 días.
- Muy graves (acumulación de tres faltas graves, impago prolongado, absentismo no justificado de 15 días, agresiones o insultos al personal o falseamiento de datos): expulsión definitiva.
La Alcaldía será competente para iniciar y resolver las sanciones leves, mientras que el Pleno Municipal resolverá las graves y muy graves. El reglamento entrará en vigor tras la publicación de su aprobación definitiva en el boletín provincial, y deroga cualquier normativa anterior sobre el funcionamiento de la escuela.
La aprobación de este reglamento dota de seguridad jurídica a un servicio esencial para la conciliación en el municipio, y abre ahora un periodo de participación ciudadana en el que las familias podrán aportar alegaciones antes de su aprobación definitiva.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, núm. 98, 26 de agosto de 2026, sección Administración Local, págs. 54-66 (referencia oficial: anuncio núm. 2034).