Federal Register · 16 Sep 2026 · 4 vistas
El presidente prorroga el estado de emergencia nacional por terrorismo por un año más
Por FactBox Admin

El Presidente ha prorrogado por un año más la emergencia nacional declarada contra las personas que cometen, amenazan con cometer o apoyan el terrorismo, manteniendo en vigor las sanciones y medidas antiterroristas más allá del 23 de septiembre de 2026. La decisión, firmada en la Casa Blanca el 11 de septiembre de 2026, se publica en el Federal Register del miércoles 16 de septiembre de 2026 (Vol. 91, No. 178), en la sección de Documentos Presidenciales, bajo la referencia oficial FR Doc. 2026-19053.
Base legal y antecedentes
La emergencia fue declarada originalmente el 23 de septiembre de 2001, mediante la Orden Ejecutiva 13224, emitida de conformidad con la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (50 U.S.C. 1701 et seq.), en respuesta a los graves actos de terrorismo y amenazas de terrorismo cometidos por terroristas extranjeros, incluidos los ataques del 11 de septiembre de 2001 en Nueva York y Pensilvania y contra el Pentágono.
El 9 de septiembre de 2019, el Presidente firmó la Orden Ejecutiva 13886 para fortalecer y consolidar las sanciones para combatir la amenaza continua que representa el terrorismo internacional y para tomar medidas adicionales para hacer frente a la emergencia nacional declarada en la Orden Ejecutiva 13224, según enmendada.
Por qué es necesaria la prórroga
El aviso establece que las acciones de las personas que cometen, amenazan con cometer o apoyan el terrorismo continúan representando una amenaza inusual y extraordinaria para la seguridad nacional, la política exterior y la economía de los Estados Unidos. Por esta razón, la emergencia nacional y las medidas adoptadas para hacer frente a ella deben continuar vigentes más allá del 23 de septiembre de 2026.
La prórroga se realiza de acuerdo con la sección 202(d) de la Ley de Emergencias Nacionales (50 U.S.C. 1622(d)), que requiere que el Presidente renueve la emergencia anualmente para mantener operativas las autoridades y sanciones subyacentes.
Alcance y efecto
La continuación se aplica a toda la gama de medidas adoptadas bajo la Orden Ejecutiva 13224 enmendada, que incluyen:
- Bloqueo de propiedades e intereses en propiedades de personas designadas sujetas a la jurisdicción de los EE. UU.
- Prohibición de transacciones entre personas de los EE. UU. y aquellas designadas bajo la orden.
- Mantenimiento de las designaciones de la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (Lista SDN) de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) vinculadas al programa contra el terrorismo.
El aviso fue transmitido al Congreso y publicado en el Federal Register, tal como lo exige la ley.
Impacto
La renovación por un año garantiza que las sanciones antiterroristas de los EE. UU. permanezcan legalmente operativas sin interrupción, preservando la autoridad del Tesoro para designar y bloquear a personas y entidades vinculadas al terrorismo internacional. Para las instituciones financieras y las personas de los EE. UU., esto significa que las obligaciones de cumplimiento vinculadas al programa de sanciones contra el terrorismo continúan sin cambios al menos hasta el 23 de septiembre de 2027.
Fuente: Federal Register, Vol. 91, No. 178, 16 de septiembre de 2026, Documentos Presidenciales (referencia oficial: FR Doc. 2026-19053).