Narodne novine · 09 Sep 2026 · 2 vistas
El reglamento introduce el sello de garantía HOP para los productos insulares y la convocatoria pública anual
Por FactBox Admin

El Ministerio de Desarrollo Regional y Fondos de la Unión Europea ha publicado en el Boletín Oficial (Narodne novine) n.º 100/2026, del 9 de septiembre de 2026, el Reglamento sobre la concesión de la marca Producto Insular Croata (HOP) (número 1206), mediante el cual se introduce un sello de garantía para los productos insulares y se regula el procedimiento para su concesión. El Reglamento fue firmado por la ministra Nataša Mikuš Žigman y entrará en vigor ocho días después de su publicación.
El Reglamento se adopta sobre la base del artículo 27, apartado 8, de la Ley de Islas («Narodne novine», n.º 13/26) y sustituye al anterior Reglamento de ejecución del Programa «Producto Insular Croata» del «Narodne novine» n.º 139/21, que dejará de estar vigente el día de la entrada en vigor del nuevo acto. El documento lleva la marca de clasificación Clase: 029-01/26-02/6 y el número de registro Urbroj: 538-08-2-2/673-26-36, y fue firmado en Zagreb el 3 de septiembre de 2026.
Qué es la marca HOP
La marca HOP es un sello de garantía cuyo titular es el Ministerio de Desarrollo Regional y Fondos de la Unión Europea, y las representaciones figurativas de la marca están registradas e inscritas en la colección oficial de datos sobre registros de marcas gestionada por el organismo de la administración estatal competente para la protección de los derechos de propiedad intelectual. La marca se concede con el fin de fomentar la producción, la comercialización y la promoción de productos insulares originales e innovadores, así como de la tradición y el patrimonio, de acuerdo con el Programa HOP.
El Reglamento define las categorías de productos insulares a las que se puede conceder la marca:
- productos alimentarios
- bebidas
- productos químicos
- arte y diseño
- productos insulares inmateriales
El producto insular material debe ser elaborado o producido en una isla y, excepcionalmente, en caso de inexistencia de posibilidades técnicas, se permite la elaboración fuera de la isla mediante una justificación del sujeto insular. El producto insular inmaterial abarca eventos, artes escénicas, tradiciones orales, artesanías tradicionales, costumbres, ritos y festividades que contribuyan a la preservación del patrimonio cultural de las islas y a la promoción de la identidad insular.
Procedimiento de concesión y comisiones de expertos
El ministro competente para el desarrollo regional y los fondos de la Unión Europea toma la decisión de convocar una Convocatoria Pública para la presentación de solicitudes de concesión de la marca HOP una vez al año. La convocatoria pública se publica en la página web del Ministerio y a través de la página web oficial de HOP, junto con los formularios correspondientes y las instrucciones para los solicitantes según las categorías de productos.
Para cada categoría de productos insulares se establece una comisión de expertos compuesta por cinco miembros: representantes del Ministerio, de organismos de la administración estatal y de entidades de derecho público, así como expertos de la comunidad científica. Las comisiones se nombran por un periodo de cinco años, realizan la verificación técnica de las solicitudes y la documentación, y emiten un dictamen y propuesta al ministro para la adopción de la resolución de concesión de la marca.
Sobre la solicitud, el Ministerio dicta una resolución en un procedimiento administrativo, y al sujeto insular se le expide una resolución de concesión de la marca HOP por un periodo de cinco años. Contra la resolución de aceptación o denegación de la solicitud no cabe recurso, pero se puede iniciar un proceso administrativo.
Quién puede ser usuario de la marca
El usuario de la marca HOP puede ser un sujeto insular: una persona física o jurídica que lleve a cabo su actividad en una isla, esté inscrita en los registros correspondientes y posea los registros o autorizaciones para la actividad que desempeña. Excepcionalmente, la persona física que sea portadora de patrimonio cultural inmaterial y poseedora de un bien cultural no necesita tener una actividad registrada.
Junto con la solicitud de concesión de la marca, el sujeto insular adjunta una declaración de producción insular, documentación técnica con la descripción del proceso de producción, fotografías del producto y confirmaciones o certificados de los análisis realizados en laboratorios autorizados. Para los productos que ya cuenten con el Certificado de Productor Ecológico, Denominación de Origen Protegida, Indicación Geográfica Protegida, Especialidad Tradicional Garantizada o «Calidad Probada», no es necesario presentar la documentación analítica.
Control y revocación de la marca
El Ministerio controla el uso de la marca HOP durante la vigencia de la resolución, y la persona oficial autorizada puede realizar un control directo en las instalaciones del usuario mediante un aviso por escrito con al menos cinco días de antelación a su ejecución. Si se detecta alguna irregularidad, el Ministerio dictará una resolución por la cual se revoca la resolución de concesión de la marca, y el usuario estará obligado a retirar la marca de los productos a su propio coste en un plazo no superior a 15 días. Al sujeto insular a quien se le haya revocado la marca se le denegará una nueva solicitud de concesión durante un periodo de un año.
El nuevo Reglamento sobre la concesión de la marca Producto Insular Croata abre a los productores, artistas y portadores del patrimonio inmaterial insulares un camino claramente regulado y renovable anualmente hacia una marca oficial de origen, fortaleciendo así el reconocimiento de los productos insulares en el mercado y promoviendo la identidad insular.
Fuente: Reglamento sobre la concesión de la marca Producto Insular Croata, «Narodne novine» n.º 100/2026, Zagreb, 9 de septiembre de 2026, Clase: 029-01/26-02/6, Núm. de ref.: 538-08-2-2/673-26-36.