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BOP de Castellón · 12 Sep 2026 · 3 vistas

Portell de Morella emplaza a propietarios a ejecutar cortafuegos en diez días

Por FactBox Admin

Portell de Morella emplaza a propietarios a ejecutar cortafuegos en diez días

El Ayuntamiento de Portell de Morella ha emplazado a los titulares de terrenos forestales y agrícolas incluidos en las actuaciones de su Plan Local de Prevención de Incendios Forestales (PLPIF) a ejecutar en un plazo de diez días naturales la apertura de áreas cortafuegos. El anuncio se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, número 110, de 12 de septiembre de 2026, con referencia 04033-2026-U, y está firmado por el alcalde, Álvaro Ferrer Ferrer, con fecha 8 de septiembre de 2026.

El PLPIF de Portell de Morella fue aprobado por Resolución de 14 de octubre de 2021 de la Consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, publicada en el DOGV núm. 9234 de 14 de diciembre de 2021. El plan resulta obligatorio para las entidades locales situadas en zonas de alto riesgo forestal conforme a la Ley 3/1993, de 9 de diciembre, Forestal de la Comunitat Valenciana, que impone a los propietarios de terrenos forestales el deber de adoptar medidas preventivas frente a los incendios.

La actuación prevista

La actuación que motiva el emplazamiento es la nueva apertura de áreas cortafuegos SMA-AC-07.02.06, contemplada en el PLPIF municipal. El ayuntamiento considera prioritario iniciar estos trabajos, y advierte de que parte de las actuaciones se ubican en fincas de titularidad privada.

  • Actuación: apertura de áreas cortafuegos SMA-AC-07.02.06.
  • Marco legal: artículos 49.2 c) y d) y 55.5 de la Ley 3/1993.
  • Los trabajos podrán ejecutarse directamente por el ayuntamiento o mediante empresa contratada al efecto.

Plazo y ejecución subsidiaria

Los titulares afectados disponen de diez días naturales contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el boletín provincial para realizar las actuaciones, siguiendo las directrices de los servicios técnicos municipales. Si dentro de ese plazo no manifiestan su disconformidad, se entenderá que delegan en el ayuntamiento las facultades para la ejecución subsidiaria de las acciones descritas.

  • Plazo: 10 días naturales desde el día siguiente a la publicación.
  • Si no hay alegaciones, se presume la delegación de facultades para la ejecución subsidiaria.
  • El incumplimiento de los deberes del artículo 49.2 c) y d) y 55.5 puede acarrear la imposición de sanciones.
  • Los interesados pueden alegar, presentar documentos y oponerse al libre acceso a los terrenos afectados durante el plazo.

Titulares afectados

El anuncio incluye una relación de titulares de parcelas catastrales repartidas en los polígonos 2, 3 y 10 del término municipal, con decenas de fincas afectadas. Junto a numerosos propietarios particulares, figuran como titulares la Conselleria de Medi Ambient (Dirección Territorial de Castelló) y la Generalitat Valenciana.

  • Particulares: entre otros, Emilio Monfort Vinaixa, Luz Rambla Marín, Josefina Carceller Troncho, Vicente Cruz Cruz, Jesús Solsona Royo, Pedro Juan Agut Monfort, Ricardo Marín Guarch y Otilio Mestre Segura, así como numerosos herederos de titulares fallecidos.
  • Instituciones: Conselleria de Medi Ambient – Dirección Territorial de Castelló y Generalitat Valenciana.

La medida refuerza la prevención de incendios forestales en un municipio de alto riesgo, trasladando a los propietarios la obligación de mantener las discontinuidades en la masa forestal. Para los titulares afectados, el incumplimiento del plazo supone la asunción de los costes de la ejecución subsidiaria y la exposición a sanciones, por lo que el anuncio constituye un apercibimiento directo y de obligado cumplimiento.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, número 110, 12 de septiembre de 2026, sección Administración Local (referencia oficial: 04033-2026-U).