Dziennik Ustaw · 21 Sep 2026 · 3 vistas
Polonia modifica el reglamento de intereses por demora sobre las denegaciones de remisión de impuestos
Por FactBox Admin

El Ministro de Finanzas y Economía de Polonia ha modificado el reglamento de 2005 que regula el cálculo de los intereses de demora y la tasa de prórroga, sustituyendo la redacción introductoria del § 8 sobre las decisiones que deniegan la condonación de un impuesto o de una deuda tributaria. El cambio fue publicado en el Dziennik Ustaw Rzeczypospolitej Polskiej el 21 de septiembre de 2026 como Dz. U. 2026 poz. 1228 y entra en vigor el 1 de octubre de 2026. Se aplica a todo contribuyente que solicite un alivio en el pago de sus obligaciones tributarias y reciba una decisión negativa.
El reglamento modificador tiene fecha de 18 de septiembre de 2026 y fue emitido al amparo del art. 58 y el art. 87 § 5 de la Ordynacja podatkowa (Ordenanza Tributaria) del 29 de agosto de 1997, cuyo texto consolidado es Dz. U. z 2026 r. poz. 622, con sus modificaciones posteriores. Modifica el reglamento del Ministro de Finanzas del 22 de agosto de 2005 sobre el cálculo de los intereses de demora y la tasa de prórroga, y sobre el alcance de la información que deben contener las facturas, publicado en el texto consolidado Dz. U. z 2021 r. poz. 703.
La enmienda es deliberadamente limitada. Solo se sustituye la frase introductoria (wprowadzenie do wyliczenia) del § 8; los elementos enumerados que le siguen permanecen intactos, y no se altera ningún tipo de interés, tasa de prórroga ni requisito de facturación.
Lo que dice la nueva redacción
La frase sustituida dice ahora: “Jeżeli decyzja odmawiająca umorzenia podatku albo odmawiająca umorzenia zaległości podatkowej została doręczona podatnikowi:” — es decir, “Si la decisión que deniega la condonación de un impuesto o que deniega la condonación de una deuda tributaria ha sido notificada al contribuyente:”.
- La disposición cubre dos decisiones distintas: la denegación de condonar un impuesto (umorzenie podatku) y la denegación de condonar una deuda tributaria (umorzenie zaległości podatkowej).
- El detonante operativo sigue siendo la notificación de dicha decisión al contribuyente (doręczenie podatnikowi).
- La lista de información que debe seguir a la frase introductoria no ha cambiado.
- Los tipos de interés de demora y la tasa de prórroga no se ven afectados.
Autoridad emisora y base legal
El reglamento fue firmado en nombre del Ministro de Finanzas y Economía por J. Neneman, actuando en lugar del ministro (wz.). El ministerio dirige el departamento de administración gubernamental para las finanzas públicas según el § 1 ust. 2 pkt 3 del reglamento del Presidente del Consejo de Ministros del 25 de julio de 2025 sobre el alcance detallado de la actividad del ministro (Dz. U. poz. 997).
El texto consolidado del estatuto principal ha sido modificado repetidamente en 2026, con los cambios publicados en Dz. U. z 2026 r. poz. 825, 846, 875, 1098, 1154 y 1206.
Fechas clave
- 18 de septiembre de 2026 — se firma el reglamento modificador.
- 21 de septiembre de 2026 — se publica en el Dziennik Ustaw como poz. 1228.
- 1 de octubre de 2026 — entra en vigor.
El reglamento contiene solo dos disposiciones operativas: el § 1, que sustituye la frase introductoria del § 8, y el § 2, que establece la entrada en vigor.
El efecto práctico recae sobre la propia decisión administrativa. Los contribuyentes que soliciten la condonación de un impuesto o de atrasos y sean rechazados recibirán una decisión cuya fundamentación se basará en la redacción revisada, la cual distingue explícitamente entre los dos motivos de denegación. Debido a que el cambio se limita a la frase introductoria, este aclara el marco de la denegación en lugar de los criterios sustantivos o los importes en juego, y se aplica uniformemente a todos los procedimientos concluidos a partir del 1 de octubre de 2026.
Fuente: Dziennik Ustaw Rzeczypospolitej Polskiej, n.º 1228 del 21 de septiembre de 2026, sección I (referencia oficial: Dz. U. 2026 poz. 1228).