FactBox.

La Gaceta — Diario Oficial · 14 Oct 2026 · 1 vistas

Philips amplía actividades en zonas francas con aval del Poder Ejecutivo

Por FactBox Admin

Philips amplía actividades en zonas francas con aval del Poder Ejecutivo

El Poder Ejecutivo amplió las actividades autorizadas a Philips de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada bajo el Régimen de Zonas Francas, de modo que la compañía queda habilitada para operar también como industria procesadora de dispositivos médicos. La decisión consta en el acuerdo N° ACU-RZF-0057-2026-COMEX del Ministerio de Comercio Exterior, publicado en La Gaceta N° 194 del miércoles 14 de octubre de 2026, en las páginas 4 y 5.

El acuerdo modifica el Acuerdo Ejecutivo N° 0283-2025 del 30 de octubre de 2025, publicado en el Alcance N° 164 al Diario Oficial La Gaceta N° 239 del 19 de diciembre de 2025, mediante el cual se concedieron a la empresa los beneficios e incentivos de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, bajo las categorías de empresa de servicios y de industria procesadora, conforme a los incisos c) y f) del artículo 17 de esa ley.

La compañía, con cédula jurídica N° 3-102-515567, presentó su solicitud de ampliación mediante documentos de los días 11 y 25 de febrero, 21 y 28 de mayo y 9 de junio de 2026. La Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER conoció el caso y, mediante el informe N° 173-2026, recomendó al Poder Ejecutivo la modificación del acuerdo. El instrumento se firmó el 21 de julio de 2026 y lo suscribieron Alexander Astorga Monge, por delegación de la presidenta Laura Fernández Delgado (Acuerdo N° 040-P del 14 de julio de 2026, publicado en La Gaceta N° 133, Alcance N° 91 del 17 de julio de 2026), y la ministra de Comercio Exterior, Indiana Trejos Gallo.

Servicios técnicos, digitales y de laboratorio

La nueva redacción de la cláusula 2.3.1 incorpora un bloque de actividades de servicios clasificadas con los códigos CAECR 7110, 8211 y 6201:

  • 7110 — Actividades de arquitectura e ingeniería y conexas de consultoría técnica: asistencia en la implementación de nuevos procesos productivos y corrección de fallas, ingeniería inversa, validación de procesos e ingeniería de tiempos y movimientos.
  • 7110 — Servicios especializados de laboratorios, soporte técnico, servicios digitales, soporte de ingeniería, procesos y reparación, así como servicios de esterilización vinculados a los sectores estratégicos de manufactura.
  • 7110 — Análisis, reparación, calibración y mantenimiento de equipos, maquinaria, partes y accesorios para la producción de instrumentos y aparatos de los sectores estratégicos de la industria de manufactura.
  • 8211 — Actividades combinadas de servicios administrativos de oficina: análisis de negocios, control de cumplimiento y prevención de fraude.
  • 6201 — Actividades de programación informática: anuncios interactivos y digitales, desarrollo de campañas y promociones, comercio electrónico, conceptualización creativa, desarrollo web y móvil, desarrollo de software, programación back-end, testeo y control de calidad y soporte a sistemas de legado.
  • 7110 — Servicios de diseño, prototipado, prueba y validación de dispositivos, productos, componentes, herramientas, accesorios y máquinas.

Fabricación de dispositivos médicos

El acuerdo añade además la categoría de industria procesadora bajo el código PROCESADOR A 3250, asociada al sector estratégico de dispositivos médicos. La clasificación comprende la fabricación de instrumentos y suministros médicos y demás aparatos electromédicos, así como dispositivos, implantes e insumos de cirugía, odontología o veterinaria, incluidos los de centellografía, ortopedia, ortodoncia, dental y optometría, junto con sus partes y accesorios.

Vigencia y alcance

El artículo 2 del acuerdo establece que todo lo no modificado expresamente se mantiene conforme al Acuerdo Ejecutivo N° 0283-2025. El artículo 3 dispone que la modificación rige a partir de su notificación. El acuerdo se dictó con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227, la Ley N° 7638 de creación del Ministerio de Comercio Exterior y de PROCOMER, y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas.

La ampliación consolida la operación de Philips en el sector estratégico de dispositivos médicos y le permite sumar servicios de ingeniería, laboratorio, esterilización y desarrollo de software a su actividad bajo el régimen de zonas francas, con los incentivos fiscales que este contempla.


Fuente: La Gaceta, N° 194 del 14 de octubre de 2026, Poder Ejecutivo–Acuerdos, págs. 4-5 (referencia oficial: ACU-RZF-0057-2026-COMEX).