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Boletín Oficial de Cantabria · 06 Nov 2026 · 12 vistas

Pesca abre la información pública de la orden de vedas de 2027

Por FactBox Admin

Pesca abre la información pública de la orden de vedas de 2027

La Dirección General de Pesca y Alimentación ha acordado el trámite conjunto de audiencia e información pública del proyecto de Orden por la que se regulan las vedas, tallas mínimas y recogida de marisco y otras especies de interés comercial durante la temporada 2027. La resolución se publica en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) núm. 214, de 6 de noviembre de 2026, con la referencia oficial CVE-2026-8640, y abre un plazo de diez días hábiles para presentar alegaciones.

El texto lleva la firma del director general de Pesca y Alimentación, Paulino San Emeterio Pila, y está fechado en Santander el 29 de octubre de 2026, dentro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación. La resolución se dicta al amparo del artículo 51.3 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y ordena publicar el acuerdo tanto en el BOC como en el Portal de Transparencia de Cantabria.

Segundo paso tras la consulta previa

La tramitación arrancó un mes antes: el BOC núm. 192, de 6 de octubre de 2026, publicó la resolución con referencia CVE-2026-7718, que sometió el futuro proyecto al trámite de consulta pública previa, con un plazo entonces de 20 días naturales. En aquel anuncio se fijaban los cuatro extremos sobre los que se pedía opinión a ciudadanos, organizaciones y asociaciones: los problemas a resolver, la necesidad y oportunidad de la norma, sus objetivos y las posibles alternativas regulatorias y no regulatorias.

Ahora el expediente avanza a la fase de audiencia e información pública sobre el texto ya redactado, «a efectos de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades», según el acuerdo primero de la resolución. La norma afecta directamente al sector pesquero y marisquero de Cantabria y a quienes operan en los bancos naturales de moluscos.

El marco: una orden anual obligatoria

La cobertura reglamentaria es el Decreto 178/2003, de 9 de octubre, por el que se establece la regulación marisquera en la Comunidad Autónoma de Cantabria, cuyo capítulo V, dedicado a las medidas de explotación y regulación, establece en su artículo 20 que la Consejería competente regulará mediante orden anual el ejercicio del marisqueo. Esa orden anual debe fijar, como mínimo, los siguientes elementos:

  • Las especies autorizadas para la extracción.
  • Los pesos permitidos por captura.
  • Las tallas mínimas de las especies comercializadas.
  • Las zonas protegidas o vedadas al marisqueo.
  • Otras circunstancias que se consideren oportunas.

En la consulta previa, la Consejería explicó que la nueva orden derogará la normativa anterior y actualizará sus disposiciones, con el objetivo de regular la explotación sostenible de los recursos marisqueros con fines comerciales y lograr el rendimiento óptimo de la actividad en los bancos naturales. También descartó alternativas no regulatorias, al no ser viables dado el mandato del citado artículo 20.

Diez días hábiles y cuatro vías para alegar

El calendario y los canales de participación quedan fijados en la propia resolución:

  • El plazo es de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación en el BOC.
  • Las alegaciones deben presentarse por escrito y dirigirse a la Dirección General de Pesca y Alimentación.
  • Pueden registrarse en el Registro General o en los registros y lugares previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre.
  • También se admite su presentación a través del Portal de Transparencia de Cantabria, en el cuadro habilitado al efecto, accesible en http://participacion.cantabria.es.
  • El proyecto puede consultarse en las dependencias de la Dirección General, en la calle Albert Einstein, nº 2, 39011 Santander, y en la web participacion.cantabria.es.

La resolución se publica igualmente en el Portal de Transparencia de Cantabria, de modo que el expediente y el formulario de aportaciones quedan a disposición de cualquier interesado, no solo de las entidades del sector.

El calendario no es menor para la actividad: la orden de vedas y tallas condiciona el arranque de la temporada 2027, los cupos y las zonas cerradas, por lo que el sector marisquero y las cofradías disponen de apenas dos semanas para revisar el texto y presentar objeciones antes de que la Consejería cierre la redacción definitiva de la norma que regirá todo el año.


Fuente: Boletín Oficial de Cantabria, núm. 214, 6 de noviembre de 2026, sección 7.5 Varios, págs. 56614-56615 (referencia oficial: CVE-2026-8640).