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BOP de Cuenca · 07 Sep 2026 · 1 vistas

Paracuellos aprueba la ordenanza del impuesto de vehículos con bonificación histórica

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Paracuellos de la Vega ha elevado a definitiva la Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM), al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público. El texto íntegro se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, número 103, de 7 de septiembre de 2026, páginas 7 a 12, bajo el número 2102 y con expediente 19/26.

La ordenanza, aprobada inicialmente por el Pleno municipal en sesión de 18 de junio de 2026, queda automáticamente elevada a definitiva en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. El acuerdo fue firmado por la alcaldesa, Ana Mª Godoy Ferreros, el 2 de septiembre de 2026.

Bonificación del 50% para vehículos históricos

La principal novedad de la norma es la bonificación del 50% sobre la cuota a favor de los vehículos históricos o de aquellos con una antigüedad mínima de veinticinco años, contados desde su fabricación o, en su defecto, desde su primera matriculación. La medida se aplica en los términos previstos en el Reglamento de Vehículos Históricos, aprobado por Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre.

La bonificación deberá ser solicitada por el sujeto pasivo a partir del momento en que se cumplan las condiciones exigidas para su disfrute. El resto de cuotas se aplicarán sin coeficiente de incremento alguno, rigiendo las tarifas del artículo 95.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Exenciones y sujetos pasivos

La ordenanza regula las exenciones previstas en la normativa estatal, entre las que destacan:

  • Vehículos oficiales del Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales adscritos a la defensa nacional o a la seguridad ciudadana.
  • Vehículos de representaciones diplomáticas, oficinas consulares y organismos internacionales con estatuto diplomático.
  • Ambulancias y vehículos destinados a la asistencia sanitaria o al traslado de heridos o enfermos.
  • Vehículos para personas de movilidad reducida y los matriculados a nombre de personas con discapacidad (grado igual o superior al 33%) para su uso exclusivo.
  • Autobuses y microbuses de transporte público urbano con capacidad superior a nueve plazas.
  • Tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de Cartilla de Inspección Agrícola.

Son sujetos pasivos las personas físicas o jurídicas y las entidades a cuyo nombre conste el vehículo en el permiso de circulación, conforme al artículo 35.4 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Gestión, devengo y entrada en vigor

El impuesto se devenga el primer día del período impositivo, que coincide con el año natural, y la cuota se prorratea por trimestres en los casos de primera adquisición, baja definitiva o sustracción del vehículo. La gestión corresponde al propio Ayuntamiento, que elaborará el Padrón anual, expuesto al público durante un mes, y fijará cada año el plazo de pago voluntario, anunciado en el BOP y en el tablón de anuncios.

La ordenanza entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del 1 de enero del año siguiente, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa. Contra el acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses desde la publicación.

La nueva regulación afecta a todos los contribuyentes titulares de vehículos del municipio, que verán fijadas sus cuotas conforme a las tarifas estatales y podrán beneficiarse de la bonificación por antigüedad, un incentivo que favorece la conservación del patrimonio automovilístico local.


Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca, núm. 103, 7 de septiembre de 2026, sección Administración Local, págs. 7-12 (referencia oficial: núm. 2102, expediente 19/26).