BOP de Lugo · 25 Sep 2026 · 6 vistas
Pantón actualiza la tasa de basura con tarifas anuales por inmueble
Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Pantón aplicará desde el 1 de enero de 2027 una nueva tasa de basura, con tarifas anuales fijadas por tipo de inmueble y una bonificación del 50% para las rentas más bajas. La modificación de la Ordenanza fiscal número 6 fue aprobada definitivamente tras el periodo de información pública sin alegaciones y se publica íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia de Lugo núm. 220, del viernes 25 de septiembre de 2026 (R. 2530).
El Pleno del Ayuntamiento de Pantón, en la sesión ordinaria del 26 de junio de 2026, aprobó provisionalmente la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por recogida, tratamiento y eliminación de los residuos sólidos. El expediente se sometió a información pública durante treinta días hábiles, con anuncio en el BOP núm. 151 del 4 de julio de 2026 y en el tablón de la sede electrónica municipal. Al no presentarse alegaciones, el acuerdo se considera aprobado definitivamente y se hace público el texto íntegro en cumplimiento del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. El anuncio va firmado por el alcalde, José Luis Álvarez Blanco, en Pantón el 16 de septiembre de 2026.
Tarifas anuales por tipo de inmueble
La cuota tributaria consiste en una cantidad fija en función de la naturaleza y destino de los inmuebles, con estas tarifas anuales y su equivalente trimestral:
- Viviendas urbanas: 69,00 € al año (17,25 € por trimestre).
- Viviendas rurales: 64,00 € al año (16,00 € por trimestre).
- Hoteles, pensiones, casas rurales, viviendas turísticas y residencias similares, por habitación: 50,00 € al año (12,50 € por trimestre).
- Restaurantes y casas de comidas: 200,00 € al año (50,00 € por trimestre).
- Cafeterías, bares y similares: 110,00 € al año (27,50 € por trimestre).
- Profesionales, clínicas y oficinas: 110,00 € al año (27,50 € por trimestre).
- Comercio menor y mayor: 110,00 € al año (27,50 € por trimestre).
- Supermercados: 140,00 € al año (35,00 € por trimestre).
- Bodegas, talleres y granjas: 140,00 € al año (35,00 € por trimestre).
- Servicios recreativos y culturales: 75,00 € al año (18,75 € por trimestre).
Las cuotas tienen carácter anual e irreductible, salvo el reconocimiento de la bonificación prevista en la propia ordenanza.
Bonificación del 50% y sujetos pasivos
La ordenanza establece una bonificación del 50% en el importe total de la tasa para aquellos sujetos pasivos con una renta por unidad familiar inferior al 75% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). La bonificación tiene carácter rogado, es decir, debe solicitarse.
Son sujetos pasivos contribuyentes las personas físicas o jurídicas y las entidades del artículo 35.4 de la Ley General Tributaria que ocupen o utilicen las viviendas y locales donde se preste el servicio, ya sea como propietario, usufructuario, arrendatario o precarista. Los propietarios de los inmuebles tienen la condición de sustitutos del contribuyente y pueden repercutir las cuotas a los beneficiarios.
Servicios, devengo y cobro
Constituye el hecho imponible la prestación del servicio de recepción obligatoria de recogida y tratamiento de residuos sólidos urbanos de viviendas, alojamientos y locales con actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas o de servicios. Tienen carácter voluntario, a petición de parte, la recogida de muebles, utensilios y trastos inútiles y la de cualquier otro material asimilable a residuo sólido urbano.
La tasa se devenga el primer día de cada mes natural. Los sujetos pasivos deben formalizar la inscripción en el padrón en los treinta días hábiles siguientes al primer devengo, ingresando simultáneamente la cuota del primer trimestre. El cobro será trimestral, salvo en el año 2026, en el que se mantiene el sistema bimestral por motivos de gestión del padrón. La norma deroga la anterior ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio de recogida y tratamiento de basura.
Entrada en vigor y recursos
La modificación entrará en vigor el 1 de enero de 2027, luego de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia, y será de aplicación hasta su modificación o derogación expresa. Contra el acuerdo se puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del anuncio, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con sede en La Coruña.
La nueva ordenanza llega junto con la actualización de otras tasas municipales de Pantón —agua, sumideros y el reglamento del abastecimiento— y afecta directamente al recibo que pagarán las familias y los negocios del concello a partir de 2027. La principal novedad para los vecinos es la bonificación del 50% para las rentas bajas, que requiere solicitud expresa, mientras que los locales comerciales y hosteleros asumen las tarifas más altas en función de su actividad.
Fuente: BOP Lugo, núm. 220, 25 de septiembre de 2026, págs. 15-16 (referencia oficial: R. 2530).