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Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya · 04 Aug 2026 · 9 vistas

Palafrugell y la Agencia Tributaria de Cataluña cierran un convenio fiscal 2026-2029

Por FactBox Admin

La Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) y el Ayuntamiento de Palafrugell han suscrito un convenio de colaboración en materia tributaria para el período 2026-2029, cuya publicidad se ha hecho efectiva mediante la Resolución ECF/2714/2026, de 22 de julio, publicada en el DOGC núm. 9722, de 4 de agosto de 2026. El acuerdo, firmado electrónicamente los días 9, 10 y 14 de julio, fija un marco de cooperación que afecta a la gestión tributaria y a los datos fiscales de los contribuyentes y deudores del municipio.

El convenio se enmarca en el régimen de colaboración entre la Administración tributaria de la Generalitat y las entidades locales que prevén el artículo 204.1 del Estatuto de autonomía de Cataluña y los artículos 121-2 y 122-9 del Código tributario de Cataluña (Ley 17/2017). Por parte de la ATC lo firmó Antoni Fernández Pérez, presidente de la Agencia y secretario de Hacienda, nombrado por el Decreto 194/2025; por parte municipal, la alcaldesa Laura Millán Morales, con la asistencia del secretario Josep Rovira i Jofre. La suscripción fue aprobada por la Junta de Gobierno Local el 16 de abril y ratificada por el Pleno el 26 de mayo de 2026, y la resolución de publicación fue dictada por el director de la ATC, Andreu Navas Amenós, el 22 de julio.

Un marco con cinco ámbitos de colaboración

El documento, de naturaleza administrativa y excluido de la legislación de contratos del sector público, no tiene carácter oneroso y define cinco ámbitos de actuación sobre los cuales las partes pueden articular la cooperación:

  • la ventanilla única tributaria (VUT), red de oficinas de atención a la ciudadanía integrada en Tributos de Cataluña;
  • la recaudación en período ejecutivo de ingresos tributarios y de otros ingresos de derecho público;
  • la enajenación de bienes embargados mediante subasta, a través del portal de subastas del BOE;
  • el intercambio de datos con trascendencia tributaria para el control del fraude y la morosidad fiscal;
  • la formación del personal en hacienda pública y derecho financiero y tributario.

Adhesión inicial: datos y formación

Según el anexo II del convenio, la adhesión inicial del Ayuntamiento de Palafrugell se concreta en dos ámbitos: el intercambio de datos con trascendencia tributaria y la formación. Ello comporta el suministro mutuo de información fiscal entre la ATC y el consistorio, con el carácter reservado que fijan el artículo 95 de la Ley General Tributaria y el Reglamento General de Protección de Datos, y con la ATC como encargada del tratamiento.

El resto de ámbitos —entre los cuales la recaudación ejecutiva de deudas y las subastas de bienes embargados— quedan previstos en el marco del convenio y se pueden activar durante su vigencia, incluida la prórroga, mediante el formulario de adhesión del anexo III, con la autorización previa del órgano de gobierno municipal.

Cuatro años prorrogables y comisión de seguimiento

La duración del convenio es de cuatro años y se puede prorrogar, por acuerdo unánime de las partes, hasta cuatro años más. Una Comisión de Seguimiento, integrada por tres representantes de cada parte, se reunirá como mínimo una vez al año para supervisar el cumplimiento de los objetivos y acordar ampliaciones, modificaciones o protocolos técnicos.

El acuerdo no transfiere la titularidad de las competencias municipales: la entidad local conserva la condición de titular, mientras que la ATC actúa como entidad gestora cuando asume materialmente la prestación del servicio. Las cuestiones litigiosas corresponden a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, y el texto se ha de publicar también en el Portal de la Transparencia.

El acuerdo inscribe a Palafrugell en la red de entes adheridos a Tributs de Catalunya, el espacio de colaboración impulsado por la ATC y las cuatro diputaciones catalanas desde el convenio marco de 2012. Para los contribuyentes y deudores del municipio, el intercambio de datos refuerza el control del fraude y la morosidad, y la puerta abierta a la recaudación ejecutiva y a las subastas anticipa una gestión más eficaz de las deudas municipales durante los próximos años.


Fuente: Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña (DOGC), núm. 9722, de 4 de agosto de 2026, sección Anuncios (Departamento de Economía y Finanzas), pág. 1-34 (referencia oficial: Resolución ECF/2714/2026, de 22 de julio).