Diario Oficial de Galicia · 07 Sep 2026 · 2 vistas
Ourense sanciona con 801 euros el transporte de mercancías sin título habilitante
Por FactBox Admin

El Servicio de Movilidad de Ourense inició un expediente sancionador de 801 euros por realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero sin título habilitante, según el anuncio del 20 de agosto de 2026 publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG núm. 169) del lunes 7 de septiembre de 2026. La persona interesada dispone de un plazo de quince días hábiles para presentar alegaciones y pruebas, y puede acogerse a una reducción del 30 % de la cuantía por pago voluntario.
La notificación, firmada por el jefe del servicio, Hipólito Casas Conde, se realiza por edicto al resultar infructuosa la notificación postal, y su eficacia queda supeditada a la publicación en el tablero de edictos único del Boletín Oficial del Estado.
La infracción denunciada
El expediente OU-00523-O-2026 corresponde a una actuación detectada el 26 de marzo de 2026 a las 19.45 horas en la carretera N-120, punto kilométrico 461,0, cuando el vehículo ligero con matrícula 1269-HHL realizaba transporte público de mercancías sin disponer del título habilitante preceptivo.
- Expediente: OU-00523-O-2026
- Persona denunciada (DNI/CIF): X7393154B
- Matrícula: 1269-HHL
- Fecha y hora: 26.3.2026, 19.45
- Lugar: carretera N-120, pk 461,0
- Sanción propuesta: 801 euros
Base legal de la sanción
La conducta se califica como infracción al amparo del artículo 141.25 en relación con el artículo 140.1 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres (LOTT), y se sanciona conforme al artículo 143.1.k) en relación con la letra f) de la misma norma. El procedimiento se tramita según lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El texto íntegro del acuerdo y el resto de la documentación del expediente están a disposición de la persona interesada en el Servicio de Movilidad del Departamento Territorial de Ourense.
Plazos y reducción por pago voluntario
La persona interesada tiene quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, para alegar lo que considere conveniente y presentar o proponer las pruebas oportunas. Si decide pagar voluntariamente la sanción antes de que transcurran treinta días desde esa publicación, la cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la LOTT.
El pago voluntario implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones y la conclusión del procedimiento sancionador.
Relevancia de la noticia
Esta resolución evidencia el control que la administración autonómica ejerce sobre el transporte terrestre de mercancías, especialmente en lo que respecta a la obligación de disponer del título habilitante. Para los profesionales del sector, la publicación por edicto subraya la importancia de mantener actualizados los datos de contacto ante la administración, ya que la falta de notificación no exime del cumplimiento de los plazos ni de las sanciones derivadas.
Fuente: Diario Oficial de Galicia, núm. 169, 7 de septiembre de 2026, sección VI (Anuncios), págs. 48178-48179 (referencia oficial: CVE-DOG edmgphc7-pmk1-dui8-67o5-sxfx45dhhq2).