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Diario Oficial de Galicia · 28 Aug 2026 · 6 vistas

Ourense notifica multas coercitivas por incumplir la gestión de biomasa

Por FactBox Admin

El Ayuntamiento de Ourense publicó en el Diario Oficial de Galicia (DOG núm. 163, del 28 de agosto de 2026) dos anuncios de notificación a titulares desconocidos que incumplen la obligación de gestión de la biomasa vegetal y retirada de especies arbóreas en parcelas priorizadas del lugar de Cuarteis. Los requerimientos, firmados por el alcalde Gonzalo Pérez Jácome, advierten de multas coercitivas de 900 € por hectárea y de la posible ejecución subsidiaria, en el marco del expediente 2026034884.

La actuación se apoya en el artículo 22.3 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, y llega después de que el ayuntamiento intentase notificar a las personas responsables sin éxito por causas no imputables a la administración local. Las parcelas afectadas, situadas en Cuarteis (Ourense), fueron inspeccionadas el 8 de junio de 2026 y constan como incumplidoras del artículo 21 de la misma ley.

Personas y parcelas afectadas

Los dos anuncios identifican seis titulares o derechos de aprovechamiento sobre las parcelas catastrales afectadas:

  • Vazquez Rodríguez, Benito (herederos de), referencia catastral 4773148NG9847S0001PG.
  • Inversiones Mirage, S.L., referencia catastral 4773169NG9847S0001UG.
  • Comunidad de Vecinos de Ourense, referencia catastral 4773165NG9847S0001JG.
  • Herederos de Juan Suengas González, referencia catastral 4773168NG9847S0001ZG.
  • Estrella Sanmamed Penín, referencia catastral 4773167NG9847S0001SG.
  • Herederos de José Mondelo Prado, referencia catastral 4773147NG9847S0001QG.

Plazos y cuantías de las multas

Las personas responsables disponen de un plazo máximo de 15 días naturales para el cumplimiento voluntario, contado desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. En caso de persistir el incumplimiento, el ayuntamiento podrá imponer multas coercitivas reiteradas cada tres meses:

  • 900,00 € por hectárea de superficie no gestionada, o la parte proporcional si el área fuese inferior.
  • Cuantía mínima de 100,00 € por multa, con independencia de las hectáreas de la parcela.
  • Posibilidad de ejecución subsidiaria por la administración, con repercusión de los costes de gestión y comiso de las especies arbóreas prohibidas.

La liquidación provisional de los trabajos de ejecución subsidiaria en las franjas secundarias se estima en un precio de 1.688,89 € por hectárea, con importes provisionales que van desde 8,29 € hasta 235,10 € según la superficie afectada.

Procedimiento sancionador

El incumplimiento constituye una infracción administrativa cualificada como leve (artículo 51.3.a de la Ley 3/2007), sin perjuicio de su consideración como grave. La sanción pecuniaria máxima para la infracción leve es de 1.000,00 € (artículo 74.a de la Ley 43/2003, de montes), mientras que para la grave asciende a 100.000,00 €. La competencia para incoar y resolver los expedientes corresponde, según el caso, a la consellería con competencias en materia forestal o al propio ayuntamiento, y se prevé el comiso cautelar de la madera resultante del corte de las especies retiradas.

La notificación llega en plena campaña de prevención de incendios forestales, en un contexto en el que la gestión de la biomasa en las franjas de protección es clave para reducir el riesgo de fuego. Los titulares afectados pueden consultar el texto íntegro de la comunicación en la sede electrónica del ayuntamiento actuante.


Fuente: Diario Oficial de Galicia, núm. 163, 28 de agosto de 2026, sección VI (Administración local), págs. 46926-46932 (referencias oficiales: CVE-DOG ljnic3k7-x9c2-6zf9-x820-xecmcgyjdrp5 y CVE-DOG wmkbjju3-fvd6-6jw2-dnw2-7hy9c04ti2x9).