Butlletí Oficial de la Província de Barcelona · 31 Aug 2026 · 2 vistas
Osona rectifica las ayudas de libros y material para el curso 2026-2027
Por FactBox Admin

El Pleno del Consejo Comarcal de Osona, en sesión de 29 de julio de 2026, acordó la modificación, por rectificación de error material, de la convocatoria de ayudas de libros, material escolar y actividades dentro del horario lectivo para el curso 2026-2027. El anuncio se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona del 31 de agosto de 2026, con la referencia oficial CVE 202610136015 y el registro BDNS 895259 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
La convocatoria original se publicó en el BOPB del 7 de abril de 2026, y las bases reguladoras, en el BOPB del 3 de abril de 2025. La modificación se enmarca en el encargo de gestión aceptado del Ayuntamiento de Manlleu para el curso 2026-2027, dotado con 48.000,00 euros, y tiene como beneficiarios a los alumnos de 3º, 4º, 5º y 6º de primaria empadronados en Manlleu y escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de la comarca.
Corrección de errores materiales
El acuerdo detecta que la convocatoria del curso 2026-2027 incorporaba tramos y expresiones propios de las ayudas de comedor, incluyendo ayudas del 100 %, referencias al coste del comedor, al precio máximo del Departamento y al espacio de mediodía, que no se adecúan al objeto de la convocatoria y contradicen el copago establecido en el encargo. Por ello se modifican las bases y la convocatoria para que los criterios de admisión, valoración, ordenación, concesión, denegación y cuantificación sean coherentes, objetivos y conocidos previamente.
Los informes técnico y jurídico favorables a la modificación constan en el expediente con fecha de 23 de julio de 2026.
Nuevos criterios de valoración y cuantía
El nuevo punto 5 de las bases fija unos criterios objetivos de valoración hasta un máximo de 30 puntos:
- Acreditación de situación socioeconómica mediante ayuda de comedor: 10 puntos (70 %) o 15 puntos (100 %).
- Situación social acreditada por los servicios sociales básicos: 10 puntos (riesgo social) o 15 puntos (riesgo social grave).
En caso de empate se aplican sucesivamente la menor proporción entre la renta familiar computable y el umbral aplicable, la menor renta familiar computable y la mayor puntuación de riesgo social. Las solicitudes que cumplan los requisitos pero no puedan ser atendidas por falta de crédito constarán como no concedidas por agotamiento presupuestario.
Cuantía máxima del 70 % y límite de 200 euros
La cuantía individual de la ayuda será, como máximo, del 70 % del gasto subvencionable acreditado, sin superar el límite unitario de 200,00 euros por alumno y curso. En ningún caso la ayuda podrá cubrir el 100 % del gasto ni superar su coste real. Se eliminan íntegramente los tramos del 100 % y todas las referencias al servicio de comedor.
También se corrige la cuantía por cada hijo o hija a 4.158,45 euros y se incluye al segundo adulto y a los demás adultos de la unidad familiar dentro de la unidad de consumo de 6.930,70 euros. Se mantienen como causas de denegación la superación de los umbrales de renta, volumen de negocio, rendimientos patrimoniales y patrimonio, y se distinguen las solicitudes denegadas por incumplimiento de las no concedidas por agotamiento del crédito.
Tramitación e información pública
La modificación de las bases se somete a información pública durante veinte días hábiles, mediante anuncios en los boletines oficiales provinciales y en el tablón de edictos electrónico, y se publica el extracto en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. Si no se presentan reclamaciones o alegaciones, el acuerdo inicial se convertirá en definitivo sin necesidad de un nuevo acuerdo expreso. El régimen modificado se aplicará a todas las solicitudes del curso 2026-2027 que no hayan sido resueltas definitivamente.
La medida es relevante para las familias con hijos en edad escolar de la comarca de Osona, especialmente las empadronadas en Manlleu, porque clarifica las condiciones de acceso y la cuantía de las ayudas, garantiza el copago familiar y establece un marco objetivo y previsible de concesión para el próximo curso.
Fuente: Butlletí Oficial de la Província de Barcelona, núm. 31 d’agost de 2026, secció administració local, pàg. 1-57 (referència oficial: CVE 202610136015, BDNS 895259).